Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2017 (22/09/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Jurídica, sobre el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modificado mediante Ley 28807 (ley de reforma constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, son funciones específicas y exclusivas de las municipalidades distritales ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia de conformidad con el numeral 2. (2.11) del artículo 84ºde la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, mediante el Informe Nº 152­ GDH MDCA- 2017, de fecha 21 de Abril de 2017 de la Gerencia de Desarrollo Humano, remite el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipal Distrital de Cerro Azul, conjuntamente con el Acta de la reunión Ordinaria de fecha 29 de Agosto de 2017 del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, Acuerdo Nº 096-2017MDCA, en el que se APRUEBA POR UNANIMIDAD el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul. Que, la Gerencia de Asesoría Legal emite el Informe Nº 073-2017-MDCA /GAJ-MDCA de fecha 22 de abril de 2017, donde recomienda que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, que consta de X capítulos, V sub capítulos y 47 artículos, 06 disposiciones transitorias y 01 disposición complementaria, se encuentra acorde con la normativa vigente del programa del Vaso de Leche y debe ser reconocido por el Concejo Municipal tal como lo señala en el artículo 20º numeral 2.1 de la Ley 27470. Que, es necesario contar con el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º numeral 2.1 de la ley que establece normas complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche - Ley 27470. Que, es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos de conformidad con el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972. Que, estando a los fundamentos expuestos y sometidos a debate y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto por mayoría de los señores regidores miembros del concejo y con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta. SE ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, que consta de X capítulos, V sub capítulos, 47 artículos, 06 disposiciones transitorias y 01 disposición complementaria, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- OTORGAR facultades al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación da la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Desarrollo Humano y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DÉJESE SIN EFECTO, cualquier norma que se contraponga a la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. ABEL MIRANDA PALOMINO Alcalde 1568139-1

Otorgan amnistía tributaria y no tributaria en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2017-MDCA Cerro Azul, 15 de setiembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2017, Acuerdo Nº 104-2017-MDCA, el Informe Nº 021-2017-GAT-MDCA, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, por el que propone adoptar las medidas convenientes para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente del Distrito de Cerro Azul, tomando en consideración la situación económica y la voluntad de los contribuyentes de ponerse al día en sus correspondientes obligaciones tributarias con esta corporación edil. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificada por la Ley de Reforma ConstitucionalLey Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la referida Carta Magna; Que, el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el numero 3) del artículo 27º del Texto Único Ordenado del referido Código Tributario, contempla la condonación como un medio de extinción de la Obligación Tributaria. Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que la deuda Tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto a los Impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasa dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. ORDENANZA QUE OTORGA LA AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL CASO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES Artículo Primero.- OBJETIVO: La presente Ordenanza tiene por objeto reducir el índice de morosidad de las deudas Tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Cerro Azul, múltiples beneficios tributarios para cada uno de nuestros administrados que a la fecha mantengan deuda por impuesto predial, arbitrios municipales, multas administrativas, todos estos beneficios serán aplicación para años anteriores. Artículo Segundo.- ALCANCES DE LA AMNISTÍA: Están comprendidas las obligaciones Tributarias correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que se encuentren pendientes de pagos.

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