NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (28/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Jueves 28 de setiembre de 2017 / El Peruano favor de los Gobiernos Regionales de Lima, Pasco y Puno, respectivamente, destinados a fi nanciar lo establecido en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a fi n de continuar con el funcionamiento y mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única en el marco del proceso de formalización minera; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y sus modi fi catorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28963, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos directamente recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Lima, Puno y Pasco. Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/ 591,900.00 (Quinientos noventa y un mil novecientos con 00/100 soles), a favor de los Gobiernos Regionales de Lima, Puno y Pasco para ser destinados exclusivamente para el mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 591,900.00 TOTAL EGRESOS S/ 591,900.00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1º de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle: Pliego Nº 463 Gobierno Regional de Lima S/ 175,500.00 Unidad Ejecutora Nº 001 Sede Central - Región LimaUnidad Ejecutora SIAF Nº 1027Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC Nº 20530688390 Pliego Nº 458 Gobierno Regional de Puno S/ 241,000.00 Unidad Ejecutora Nº 001 Sede Central - Región PunoUnidad Ejecutora SIAF Nº 00902Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC Nº 20406325815 Pliego Nº 456 Gobierno Regional de Pasco S/ 175,400.00 Unidad Ejecutora Nº 001 Sede Central - Región PascoUnidad Ejecutora SIAF Nº 000885Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC Nº 20489252270 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación interinstitucional para el mantenimiento de la Ventanilla Única celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Lima, Puno y Pasco respectivamente, correspondientes al Año Fiscal 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1569561-1INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 929-2017-IN Lima, 27 de setiembre de 2017VISTOS; el Mensaje con Referencia EEG2/84833/ JPA/8, de fecha 7 de setiembre de 2017, de la O fi cina Central Nacional de INTERPOL de Madrid, la Hoja de Estudio y Opinión N° 357-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001469-2017/IN/OGAJ, de fecha 26 de setiembre de 2017, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 265-2016-JUS, de fecha 21 de diciembre de 2016, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano José Migdonio Zavaleta Vásquez, formulada por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que cumpla la condena impuesta en su contra por el delito contra la Familia - Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de sus hijos menores de edad y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje con Referencia EEG2/84833/ JPA/8, de fecha 7 de setiembre de 2017, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL de Madrid hace de conocimiento de la O fi cina Central Nacional de INTERPOL de Lima que se ha concedido la extradición activa del ciudadano peruano José Migdonio Zavaleta Vásquez, motivo por el cual solicitan los nombres y planes de desplazamiento del personal policial que se va encargar de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado, desde la ciudad de Madrid - Reino de España, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 357-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 26 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Javier Faustor Villajuan y del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar Oviedo Dulanto, propuestos por la O fi cina Central Nacional de INTERPOL de Lima, del 28 de setiembre al 5 de octubre de 2017, a la ciudad de Madrid - Reino de España, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, los gastos por concepto de viáticos del personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio N° 5719-2017-DIRADM-DIVECO- PNP/DEPPRE, de fecha 16 de setiembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, son asumidos por el Poder Judicial del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter o fi cial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para