Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2017 (30/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 30 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 10172015-DE/SG, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Abdul Manuel MIRANDA Cieza de León, CIP. 00027819, DNI. 45793105, para que participe en el Curso Básico de Infantería de Marina, WCN 1006, a realizarse en la Base de Quántico del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 9 de octubre de 2017 al 4 de mayo de 2018, debiendo presentarse a la referida Base el 2 de octubre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 1 de octubre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo (ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América) US$. 1,817.79 US$. 1,817.79 Pasaje Terrestre (ida): Washington D.C. - Quántico (Estados Unidos de América) US$. 90.00 US$. 90.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 4,812.54 / 31 x 30 días (octubre 2017) US$. 4,657.30 US$. 4,812.54 x 2 meses (noviembre - diciembre 2017) US$. 9,625.08 --------------------TOTAL A PAGAR: US$. 16,190.17

Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Oficial Subalterno, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1571471-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1374-2017-DE/MGP Lima, 29 de setiembre de 2017 Vista, la Carta G.500-4564 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 14 de setiembre de 2017; CONSIDERANDO: Que, con Oficio V.100-104 de Lima, 3 de Setiembre de 2017 18 de julio de 2017, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay; ha informado al Secretario del Comandante General de la Marina, que mediante Nota N° AA 7-8000/198, de fecha 11 de julio de 2017, el Director General de la Gendarmería Nacional de la República Argentina, ha cursado invitación para que UN (1) miembro del Batallón de Infantería de la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso Avanzado de Fuerzas Especiales a realizarse en la Unidad de Fuerzas Especiales, "Alacrán", en la ciudad de Zárate, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 2 de octubre al 3 de diciembre de 2017; Que, con Oficio N.1000-5021 de fecha 11 de setiembre de 2017, el Director General de Educación de la Marina propone al Teniente Segundo Luis Alonso SERRA Sánchez, para que participe en el mencionado curso, lo que permitirá contar con personal con entrenamiento especial para planificar y ejecutar misiones encuadradas en el mando de guerra naval especial, capacidad para operar en mar, aire y tierra, despliegue en una amplia variedad de misiones, incluyendo operaciones de acción directa y de reconocimiento especial, guerra no convencional, defensa interna en el extranjero, rescate de rehenes, contraterrorismo y otras misiones;

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.

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