Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2017 (30/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 30 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos Gobiernos Locales ganadores del Concurso FONIPREL 2017
DECRETO SUPREMO Nº 284-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL, cuya finalidad es el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo cual podrán destinarse los recursos al financiamiento o cofinanciamiento de estudios de preinversión; Que, la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron que los estudios de preinversión o proyectos de inversión pública, deben estar orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y pobreza extrema en el país; Que, los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL se encuentran compuestos por los recursos señalados en el artículo 6 de la Ley Nº 29125; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2008 y la Única Disposición Complementaria de la Ley Nº 29125, disponen que los recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del presupuesto institucional de las entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión pública resulten ganadores del concurso, a solicitud de la Secretaría Técnica del FONIPREL; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesiones del 08 y 22 de marzo de 2017, procedió con la aprobación de las Bases del Concurso FONIPREL 2017, así como en sesión ordinaria del 06 de junio de 2017, aprobó la lista de CIENTO OCHENTA Y NUEVE (189) propuestas que incluyen estudios de preinversión y proyectos de inversión pública del Concurso FONIPREL 2017, seleccionados por la Secretaria Técnica para el respectivo cofinanciamiento, por un monto de NOVECIENTOS VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 927 398 754,00); sin embargo, en virtud a actualizaciones en la información presentada por algunos Gobiernos Locales se modificaron los montos de cofinanciamiento de algunas propuestas, asimismo, una propuesta no subsanó observaciones administrativas, por lo cual efectuados los ajustes correspondientes el nuevo monto de cofinanciamiento asciende a NOVECIENTOS VEINTISIETE MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 927 124 853,00); Que, el objeto del Concurso fue seleccionar proyectos de inversión para su ejecución, y propuestas para elaborar estudios de preinversión, para su cofinanciamiento por el FONIPREL en el marco de la Ley N° 29125, así como seleccionar propuestas de inversión de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición para su financiamiento, en el marco del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 004-2017 y de las declaraciones de estado de emergencias por el Fenómeno El Niño, huaicos,

precipitaciones fluviales y demás fenómenos asociados a lo largo del país; Que, la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FONIPREL suscribió los convenios de cofinanciamiento con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cuyas propuestas resultaron ganadores del Concurso FONIPREL 2017, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o la ejecución de los proyectos de inversión correspondientes; Que, mediante Memorando N° 656-2017-EF/52.06, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas indica que los recursos del FONIPREL depositados en el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), ascienden en la Cuenta Moneda Nacional, a un monto de OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 64/100 SOLES (S/ 8 368 499,64) y en la Cuenta Moneda Extranjera a un monto de DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 58/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 225 300 978,58); Que, mediante los Oficios N°s. 573-2017-PCM/SD y 614-2017-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió la relación de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales comprendidos en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, es necesario incorporar, vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, recursos con cargo al Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, hasta por la suma total de SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 75 909 771,00) respecto de los recursos previstos para la segunda entrega del monto de cofinanciamiento, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales ganadores del Concurso FONIPREL 2017; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, el Decreto de Urgencia N° 004-2017 y el Decreto de Urgencia N° 030-2008; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 75 909 771,00) a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, a fin de atender los gastos que demanden la ejecución de los proyectos de inversión y elaboración de estudios de preinversión que resultaron ganadores del Concurso FONIPREL 2017, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, según el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: Recursos Determinados 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL) TOTAL INGRESOS 75 909 771,00 ------------------75 909 771,00 =========== En Soles

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