NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (30/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2017 El Peruano / de inversión pública con código 2057931 “Ampliación y Mejoramiento del Hospital de Moquegua” correspondiente al Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 30518, en razón al cumplimiento del noventa por ciento (90%) de avance del cronograma de ejecución del citado proyecto de inversión, en virtud de lo cual, a través del O fi cio N° 3155-2017-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que las Transferencias o Habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES (S/ 10 397 711,00) para fi nanciar la ejecución del citado proyecto de inversión pública de infraestructura sanitaria; De conformidad con lo establecido en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES (S/ 10 397 711,00) a favor del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública de infraestructura sanitaria, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 10 397 711,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 10 397 711,00 ============ A LA: En SolesSECCION SEGUNDA Instancias Descentralizadas PLIEGO 455 : Gobierno Regional del Departamento de Moquegua UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede MoqueguaASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2057931 : Ampliación y Mejoramiento del Hospital de MoqueguaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 10 397 711,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 10 397 711,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información El pliego habilitado informará al Ministerio de Salud, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adendas correspondientes, para los efectos de las acciones de veri fi cación y seguimiento a que se re fi ere el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 30518. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas FERNANDO ANTONIO D’ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1571497-7 EDUCACION Modifican Anexo de la R.M. N° 072-2017-MINEDU, que contiene el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas de E ducación Básica 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 539-2017-MINEDU Lima, 29 de setiembre de 2017