Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2018 (03/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 3 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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Personal de la Corte Superior de Justicia o de la Gerencia General, según el caso. Artículo 6. Requisitos especiales para Relator o Secretario de Sala Suprema Para ser Relator o Secretario de Sala de la Corte Suprema se requiere: 1. 1. 2. Ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de veinticinco años de edad. Tener título de Abogado. Haber servido ininterrumpidamente durante más de dos años como Relator o Secretario de Sala de la Corte Superior; o haber ejercido la abogacía o desempeñado docencia universitaria en disciplina jurídica, por igual término. No haber sido condenado por delito doloso. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.

La convocatoria debe indicar el nivel, la especialidad, los plazos de las fases del proceso de selección, la nota mínima aprobatoria y la valoración que se da a los distintos componentes de la evaluación y especificando la modalidad de abierto o cerrado. Dicha convocatoria se realiza mediante publicación por tres (3) veces consecutivas en el diario oficial El Peruano, y en uno de mayor circulación del distrito judicial donde se realiza el concurso, así como en la página web del Poder Judicial. Artículo 12. Proceso de selección Los postulantes que hayan superado el proceso de selección son nombrados en estricto orden de méritos. Artículo 13. Inscripción El postulante se inscribe al concurso convocado de acuerdo al procedimiento que establezcan las bases del concurso respectivo. Los datos consignados por el postulante en la ficha de inscripción tienen el carácter de declaración jurada. Artículo 14. Etapas Las etapas del proceso de evaluación de postulantes son las siguientes: 1. 2. 3. 4. Evaluación de habilidades, destrezas y conocimientos para el ejercicio de la función, mediante examen escrito. Evaluación de antecedentes del postulante (curriculum vitae documentado). Evaluación psicológica. Entrevista personal.

3. 4.

Artículo 7. Requisitos especiales para Relator o Secretario de Sala Superior Para ser nombrado Relator o Secretario de Corte Superior se requiere: 1. 2. 3. Ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de veintitrés años de edad. Tener título de Abogado. Haber servido ininterrumpidamente durante más de dos años como Secretario de Juzgado; o haber ejercido la abogacía o desempeñado docencia universitaria por igual término. No haber sido condenado por delito doloso. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.

4. 5.

Artículo 8. Requisitos especiales para Secretario de Juzgado, Especialista Judicial y Legal Para ser Secretario de Juzgado Especializado o Mixto, o de Paz Letrado, se requiere: 1. 2. 3. 4. Ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de veintiún años de edad. Tener título de Abogado. No haber sido condenado por delito doloso. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.

Artículo 15. Proceso de evaluación Los resultados del examen escrito y de la calificación curricular tienen carácter eliminatorio, quien no apruebe cada una de ellas no continúa en el proceso. Artículo 16. Carácter de la evaluación Solo la evaluación escrita y la evaluación psicológica son privadas. Sin embargo, los resultados de todas las pruebas realizadas, salvo la de esta última, son públicos. La entrevista personal se sujetará a las bases del concurso de acuerdo a la plaza convocada. Artículo 17. Examen escrito El examen escrito tiene por finalidad evaluar habilidades, destrezas y conocimientos para el ejercicio de la función en el cargo que se postula. Artículo 18. Evaluación del curriculum vitae Criterios generales para la evaluación del curriculum vitae documentado: a) b) La calificación asigna un puntaje a cada mérito acreditado documentalmente, conforme a las bases del concurso. La calificación consta en el acta correspondiente y es firmada por los miembros de la comisión evaluadora.

Solo por excepción, en los lugares donde no haya postulantes letrados, se admite transitoriamente a bachilleres o egresados de Derecho, según este orden. Artículo 9. Auxiliar judicial Para ser auxiliar judicial se requiere: 1. 2. 3. Ser peruano, ciudadano en ejercicio. Ser estudiante o egresado de Derecho, y/o carrera afín (para auxiliar administrativo). Haber sido examinado y aprobado por el Jurado designado por el Consejo Ejecutivo Distrital respectivo, salvo que el postulante sea bachiller o egresado de Derecho, casos en que no le será exigible esa prueba. No haber sido condenado por delito doloso y no estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.

4.

Artículo 10. Ingreso El ingreso a la carrera del trabajador judicial comprende las siguientes fases: 1. 2. 3. 4. 5. Convocatoria al concurso. Selección de los postulantes. Declaración de los candidatos aptos. Evaluación de postulantes. Nombramiento en el cargo.

Artículo 19. Evaluación psicológica Esta etapa tiene por finalidad evaluar las aptitudes y condiciones psicológicas requeridas para el ejercicio del cargo al que se postula. La evaluación psicológica se realiza en estricto acto privado, salvo que el interesado solicite su publicidad. Solo el interesado conoce su resultado. Artículo 20. Entrevista personal La entrevista personal tiene por finalidad conocer las habilidades sociolaborales del postulante. Para ello la Comisión Permanente debe: 1. 2. Evaluar la vocación del postulante en relación con el cargo al que postula. Conocer sus criterios sobre los temas estrictamente vinculados al cargo al que postula.

Artículo 11. Convocatoria La convocatoria para el ingreso a la Carrera del Trabajador Judicial comprende las vacantes existentes.

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