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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (04/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de abril de 2018 El Peruano / Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según el documento HG-N° 0033 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 05 de marzo de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para recabar información de las empresas asociadas a la Empresa MICROWAVE TECHNOLOGIES INC (MTI), para fi nalizar la investigación e indagaciones a efectos que con seguridad se pueda ejecutarse el Laudo Arbitral de Derecho a favor de la Fuerza Aérea del Perú; en la ciudad de Chantilly, Estado de Virginia – Estados Unidos de América del 20 al 29 de abril de 2018, así como, su salida del país el 19 de abril de 2018 y retorno el 30 de abril de 2018: Coronel FAP EVER WILFREDO CHAVEZ SILVA NSA: O-9671897 DNI: 08203298Mayor FAP WILMOT ALEXANDER BUENO PAULETNSA: O-9759306 DNI: 40375216 Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 2032-2017 DE/FAP de fecha 08 de diciembre de 2017, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Aéreos: Lima – Chantilly (Estados Unidos de América)- Lima:US $ 1,250.00 x 02 personas = US $ 2,500.00 Viáticos US $ 440.00 x 10 días x 02 personas = US $ 8,800.00 -------------------- Total = US $ 11,300.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1632735-2 Autorizan viaje de representantes de la Federación Deportiva Militar del Perú - FEDEMILPE a República Dominicana, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2018 DE/SG Lima, 28 de marzo de 2018VISTOS:La Carta S/N de setiembre de 2017, del Presidente del Consejo Internacional del Deporte Militar; el O fi cio N° 029 S/FEDEMILPE 2018 del 16 de febrero de 2018, del Presidente de la Federación Deportiva Militar del Perú; el O fi cio N° 464-2018-MINDEF/VPD del 07 de marzo de 2018, del Director General de Educación y Doctrina; y, el Informe Técnico N° 018-2018-MINDEF/VPD/B/e del 15 de marzo de 2018, del Asesor Legal de la Dirección de Relaciones Internacionales. CONSIDERANDO: Que, la Federación Deportiva Militar de Perú (FEDEMILPE) es el ente rector de todas las actividades físicas y deportivas de las Fuerzas Armadas a nivel nacional e internacional, con representación ante el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM) y la Presidencia de su Directorio es ejercida en forma rotativa entre los Directores de las Escuelas de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, y de acuerdo a la rotación institucional establecida, la citada presidencia para el Año Fiscal 2018, recae en el Director de la Escuela Naval del Perú; Que, el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM) es un organismo deportivo internacional militar cuyos miembros a nivel continental y regional son las Fuerzas Armadas, Policiales y/o Auxiliares de los países de los continentes de América, África, Europa y Asia, estando representada la Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) por su presidente del Directorio; Que, con Carta S/N de setiembre de 2017, el Presidente del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM) hace de conocimiento de la invitación para que una delegación peruana participe en la 73ª Asamblea General y Congreso del Consejo Internacional del Deporte Militar a llevarse a cabo en la ciudad de Punta Cana, República Dominicana, del 16 al 23 de abril de 2018; Que, la Federación Deportiva Militar de Perú (FEDEMILPE) ha recibido una invitación del Presidente del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM) para que una delegación del Perú participe en la actividad mencionada en el considerando precedente; Que, con O fi cio N° 029 S/FEDEMILPE 2018 del 16 de febrero de 2018, el Presidente de la Federación Deportiva Militar del Perú señala la necesidad de enviar el personal militar para que represente al Perú en la 73ª Asamblea