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22 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de abril de 2018 / El Peruano la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 22 370,31 m², ubicado al Norte del Asentamiento Humano Brisas de los Ángeles, a la altura del kilómetro 43 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima; Que, la inscripción en el Registro de Predios de Lima de la Resolución descrita en el párrafo precedente fue solicitada mediante el Título Nº 2018-00279062 de fecha 05 de febrero de 2018 (folio 31); Que, el Registrador Público a cargo de la evaluación del título citado en el párrafo precedente procedió a observar dicho trámite en base a lo evaluado en el Informe Técnico N° 4208-2018-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 15 de febrero de 2018 (folio 32), emitido por la O fi cina de Catastro de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, mediante el cual se advirtió que el área materia de rogatoria se ubica parcialmente en ámbito inscrito de la Partida Electrónica N° 13598446; Que, en atención a lo advertido por el registrador público, se elaboró el Plano de Diagnostico N° 820-2018/SBN-DGPE-SDAPE (folio 33) mediante el cual se rede fi nió el área a inscribir a un área total de 5 392,71 m²; Que, de acuerdo a lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde modi fi car de o fi cio la parte introductoria, el considerando segundo, el considerando séptimo y el artículo 1° de la Resolución Nº 459-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de junio de 2015 (folio 22); Que, de conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0387-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 07 de marzo de 2018 (folio 38); SE RESUELVE:Artículo 1°.- Corresponde aprobar la modi fi cación de ofi cio de la Resolución N° 459-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de junio de 2015, debiendo modi fi carse la parte introductoria, el considerando segundo, el considerando séptimo y el artículo 1° de la referida Resolución; en los términos siguientes: “Visto el Expediente N°053-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 392,71 m², ubicado al Norte del asentamiento humano Brisas de los Ángeles, a la altura del kilómetro 43 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima; y;” “Que, revisada la base grá fi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi fi có el terreno eriazo de 5 392,71 m², ubicado al Norte del asentamiento humano Brisas de los Ángeles, a la altura del kilómetro 43 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral;” “Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 5 392,71 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modi fi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado;” “Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 392,71 m², ubicado al Norte del asentamiento humano Brisas de los Ángeles, a la altura del kilómetro 43 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.” Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administracióndel Patrimonio Estatal 1632073-2 Modifican la Res. N° 233-2011/SBN-DGPE- SDAPE, que dispuso primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ES TATAL RESOLUCIÓN Nº 0273-2018/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 27 de marzo de 2018Visto el Expediente N° 059-2011/SBN-SDAPE que sustentó la Resolución N° 233-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 12 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargada de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi fi catorias; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, de conformidad con los dispuesto por el artículo 43° y los literales a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010, la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal es el órgano competente en primera instancia de sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de esta Superintendencia; Que, mediante Resolución N° 233-2011/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 12 de agosto de 2011 (folio 90), se dispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 941 638,25 m², ubicado entre los Cerros Lurihuasi y Miraya, al sur del Río Supe y a la altura del Poblado Chupacigarro Chico, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, la inscripción en el Registro de Predios de Lima de la Resolución descrita en el párrafo precedente fue solicitada mediante el Título Nº 2011-00004798 de fecha 22 de noviembre de 2011 (folio 96); Que, el Registrador Público a cargo de la evaluación del título citado en el párrafo precedente procedió a tachar dicho trámite en base a lo evaluado en el Informe Técnico N° 335-2012-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 09 de enero de 2012 (folio 139), emitido por la O fi cina de Catastro de la Zona Registral N° IX – O fi cina Registral de Barranca, mediante el cual se advirtió que el área materia de rogatoria se ubica parcialmente en ámbito gráfi co de propiedades inscritas a favor de terceros,