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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (04/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de abril de 2018 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del médico cirujano Carlos Alberto Malpica Coronado, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 037-2018/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la médico cirujano Mónica Giuliana Meza García, en el cargo de Directora General (CAP – P Nº 1487), de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1633081-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Viceministro de Transportes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2018-MTC Lima, 3 de abril de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2017 MTC se designó al señor Rafael Michel Guarderas Radzinsky, en el cargo público de con fi anza de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; así como designar a la persona que asumirá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Rafael Michel Guarderas Radzinsky, al cargo público de confi anza de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Carlos César Arturo Estremadoyro Mory, en el cargo público de con fi anza de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1633085-2 Autorizan a SUM VEHICULOS S.A, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1305-2018-MTC/15 Lima, 13 de marzo de 2018VISTOS: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-000345- 2018, presentado por la empresa “SUM VEHICULOS S.A”, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modi fi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en adelante “La Directiva”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de La Directiva, establece que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diésel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio del motor para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-000345-2018 de fecha 03 de enero de 2018, la empresa “SUM VEHICULOS S.A”, en adelante La Empresa, solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en el Jr. Jurado de los Reyes, Mariano N° 452, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, con la fi nalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diésel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto mani fi esta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión; Que, con O fi cio N° 417-2018-MTC/15.03 noti fi cado el 23 de enero de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-035243-2018 de fecha 06 de febrero de 2018, La Empresa presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el O fi cio N° 417-2018-MTC/15.03; Que, con O fi cio N° 1152-2018-MTC/15.03 noti fi cado el 15 de febrero de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la documentación presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-058706-2018 de fecha 01 de marzo de 2018, La Empresa presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el O fi cio N° 1152-2018-MTC/15.03; Que, de acuerdo al Informe Nº 279-2018-MTC/15.03, elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de “La Directiva”, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a La Empresa, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen