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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (04/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de abril de 2018 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 392-2017-VIVIENDA, se designa al señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el citado señor ha presentado su renuncia al cargo que viene desempeñando, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, al cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1633079-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Lima y Moquegua SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ES TATAL RESOLUCIÓN Nº 0268-2018/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de marzo de 2018Visto el Expediente N° 1072-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado respecto del terreno eriazo de 227 873,92 m 2, ubicado a la altura del kilómetro 48.8 de la carretera Cañete – Yauyos (Ruta PE-24), a 500 metros al Suroeste del centro poblado Lunahuaná, distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;Que, revisada la base grá fi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi fi có el terreno eriazo de 234 260,90 m 2, ubicado a la altura del kilómetro 48.8 de la carretera Cañete – Yauyos (Ruta PE-24), a 500 metros al Suroeste del centro poblado Lunahuaná, distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral (folio 09); Que, mediante O fi cios Nros. 4212, 4213 y 4214-2016/ SBN-DGPE-SDAPE todos de fecha 16 de setiembre de 2016 (folios 7 al 11), Memorándum N° 3245-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 04 de noviembre de 2016 (folio 20), O fi cio N° 7179-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 25 de setiembre de 2017 (folio 27) y O fi cio N° 1525-2018/ SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de febrero de 2018 (folio 52), se solicitó información a las siguientes entidades: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural – DIREFOR del Gobierno Regional de Lima, Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal – DSFL del Ministerio de Cultura, Subdirección de Registro y Catastro de la SBN, Municipalidad Distrital de Lunahuaná respectivamente, a fi n de determinar si el área materia de evaluación es susceptible de ser incorporada a favor del Estado; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima remitió el Certi fi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06 de octubre de 2017, elaborado en base al Informe Técnico N° 21448-2017-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 04 de octubre de 2017 (folios 32 y 33), informando que el polígono en consulta se encuentra superpuesto parcialmente con las Partidas Nros. P17022174 y P17023817 y el resto sobre ámbito donde no es posible determinar si el área en consulta se encuentra afectando ámbitos inscritos o no; Que, en atención a la información remitida por la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que detectó las superposiciones descritas en el párrafo precedente, se elaboró el Plano Diagnóstico N° 5125-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 14 de diciembre de 2017 (folio 46) mediante el cual se rede fi nió el área en evaluación determinándose un área libre de superposiciones de un total de 227 873,92 m 2, con la fi nalidad de continuar con el procedimiento; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, remitió el Certi fi cado de Búsqueda Catastral de fecha 15 de marzo de 2018, elaborado en base al Informe Técnico Nº 5974-2018-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 08 de marzo de 2018 (folios 54 y 55) informando que el predio en consulta se ubica en ámbito del cual en la base grá fi ca parcial del mosaico de predios, no se ha identi fi cado a la fecha, información gráfi ca de plano con antecedentes registrales, por ello no es posible determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN “no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no”; Que, conforme consta en la Ficha Técnica N° 0106- 2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 20 de febrero de 2018 (folio 51) se realizó la inspección técnica con fecha 07 de febrero de 2018, observándose que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, sin vegetación, tipo de suelo arenoso con a fl oramiento de roca madre, de topografía variada, a la fecha de la inspección el predio se encontraba libre de ocupaciones; Que, evaluada la información remitida por la O fi cina Registral de Zona Registral Nº IX – Sede Lima mediante Certi fi cado de Búsqueda Catastral de fecha 15 de marzo de 2018, elaborado en base al Informe Técnico Nº 5974-2018-SUNARP-Z.R.N°IX/OC de fecha 08 de marzo de 2018 (folios 54 y 55), por la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural – DIREFOR mediante Ofi cio N° 488-2016-GRL/GRDE/DIREFORVCS (folio 12) y el Ministerio de Cultura mediante O fi cio N° 001725-2016/ DSFL/DGPA/VMPCIC/MC (folios 23 y 24), además de lo expuesto en el Informe de Brigada Nro. 00686-2018/SBN- DGPE-SDAPE de fecha 20 de marzo de 2018 (folios 56