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79 Sábado 7 de abril de 2018 El Peruano / II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE Para efecto de las acciones de supervisión, fi scalización y sanción, la Sunass veri fi cará que al fi nal de cada año del quinquenio regulatorio EPS EMSAPA CALCA S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG - El 80% del ICI a nivel de EPS El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS EMSAPA CALCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. INCREMENTOS TARIFARIOS 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0.136*) (1 + Φ)T1 = To (1 + 0.136*) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0.150) (1 + Φ)T2 = T1 (1 + 0.150) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ)T3 = T2 (1 + 0.000) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0.136) (1 + Φ)T4 = T3 (1 + 0.110) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ)T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor *Para el primer año regulatorio, se ha establecido el reordenamiento de la estructura tarifaria que deberá aplicar EPS EMSAPA CALCA S.A., el cual se traduce en un incremento de sus ingresos del orden del 13,6%. El impacto tarifario por tipo de usuario, producto del reordenamiento mencionado, se muestra en el estudio tarifario. Los incrementos tarifarios de 15% en el segundo año regulatorio, tanto en agua potable como en alcantarillado, así como los incrementos tarifarios del cuarto año regulatorio, de 13.6% en agua potable y 11% en alcantarillado, serán destinados a cubrir: i) los costos de operación y mantenimiento de la empresa prestadora, ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados; iii) la Gestión de Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, y iv) la implementación de Mecanismos de Retribución de Servicios Ecosistémicos. B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS La veri fi cación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión autoriza a EPS EMSAPA CALCA S.A., a aplicar los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria. Los incrementos tarifarios del segundo y cuarto años regulatorios se aplicarán en forma proporcional al porcentaje del ICG obtenido al término del primer y tercer años regulatorios, respectivamente. La empresa prestadora podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año.EPS EMSAPA CALCA S.A., deberá acreditar ante la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios. ANEXO Nº 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EPS EMSAPA CALCA S.A. Cargo fi jo (S//Mes): 1.44 se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. Estructura tarifaria:Para la estructura tarifaria propuesta, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. En concordancia con los criterios de reordenamiento tarifario establecidos en el Reglamento General de Tarifas, se efectuaron las siguientes modi fi caciones en las estructuras tarifarias: • Se ha establecido una única tarifa para los usuarios no residenciales (Comercial y Otros, Industrial y Estatal). • La tarifa del primer rango de la categoría doméstica se iguala a la tarifa de la categoría social. I. Estructura Tarifaria Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS TARIFA (S//m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0.460 Doméstico0 a 10 0.460 10 a más 0.720 NO RESIDENCIAL Comercial y Otros 0 a más 0.800 Industrial 0 a más 0.800 Estatal 0 a más 0.800 Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS TARIFA (S//m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0.0849 Doméstico0 a 10 0.0849 10 a más 0.1200 NO RESIDENCIAL Comercial y Otros 0 a más 0.1200 Industrial 0 a más 0.1200 Estatal 0 a más 0.1200 Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial y Otros Industrial Estatal 15 15 30 100 50PROYECTO