Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2018 (07/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de abril de 2018 /

El Peruano

existente, siendo de aplicación complementaria a las normas generales de obligatorio cumplimiento, contenidas en el Reglamento Nacional de Construcciones y en los reglamentos aprobados por la Municipalidad de San Isidro y Municipalidad Metropolitana de Lima (Ordenanza Nº 312-MML que aprueba el Plan Urbano Ambiental, el Reglamento de Zonificación y el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en el distrito de San Isidro para el período 2,000 - 2,010); Que, por Ordenanza Nº 141-MSI y modificatorias, se aprobó la Ordenanza General de Establecimientos Comerciales y Niveles Operacionales del distrito de San Isidro, cuyo objeto general es establecer las disposiciones técnicas especiales y disposiciones administrativas (procedimientos y control urbano) para el otorgamiento y fiscalización de licencias municipales referidas a la construcción y al funcionamiento de edificaciones comerciales nuevas y existentes en el distrito de San Isidro, siendo de aplicación complementaria a las normas generales contenidas en el Reglamento Nacional de Construcciones y en los reglamentos aprobados por la Municipalidad de San Isidro y Municipalidad Metropolitana de Lima (Plan Urbano Ambiental, Reglamento de Zonificación e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en el Distrito de San Isidro vigente); Que, mediante Ordenanza Nº 156-MSI se establece medidas de protección del ornato, sobre los elementos de publicidad exterior y el mobiliario urbano existente en la Calle Miguel Dasso, previendo el adecuado uso del espacio urbano en armonía con el entorno; Que, por Ordenanza Nº386-MSI se regula el uso de retiros municipales con fines comerciales en el distrito de San Isidro, con el objetivo de regular los criterios técnicos y administrativos necesarios para el uso de los retiros municipales y con la finalidad de promover espacios dinámicos y activos, a efectos de integrar las actividades del espacio privado con el espacio público, dinamizando la promoción de la inversión privada, protegiendo el ornato, el área urbana residencial y al vecino/transeúnte en San Isidro; Que, mediante Ordenanza Nº 412-MSI se establecen disposiciones para incentivar la inversión y la mejora de la competitividad en el distrito, la que tiene como objetivo generar las condiciones necesarias para incentivar las inversiones en materia inmobiliaria y actividades comerciales en el distrito, en concordancia con la visión de desarrollo urbano sostenible de la Municipalidad y con la finalidad de hacer del distrito una ciudad competitiva a través del impulso de un desarrollo económico que contribuya a crear una ciudad con edificaciones y espacios públicos de calidad; priorizar al peatón y a los ciclistas, así como desincentivar el uso de vehículos motorizados privados de conformidad con las políticas de movilidad sostenible del distrito; adecuar las disposiciones sobre otorgamiento de licencias de funcionamiento, uso de retiros y publicidad exterior a fin de contribuir al desarrollo urbano ordenado del distrito; y de impulsar la inversión y el desarrollo económico del distrito. Esta norma modifica la Ordenanza Nº 386-MSI que regula el uso de los retiros municipales con fines comerciales; así como también modifica la Ordenanza Nº 324-MSI que regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Isidro. Asimismo, dispone nuevos parámetros edificatorios para la denominada Zona de Emisiones Neutras de Carbono (ZEN) y en la Zona de Reglamentación Especial Bosque de Olivos y su área de influencia. Dentro de este cuerpo normativo, se establecen una serie de disposiciones relacionadas con la política de desarrollo sostenible y de generación de espacio público promovida por la gestión municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 437-MSI que modifica la Ordenanza Nº 412-MSI, se incorporan disposiciones para promover la sostenibilidad de las zonas residenciales con el objetivo de incentivar el desarrollo de vivienda, generando las condiciones urbanas adecuadas, que permitan preservar y promover la sostenibilidad del uso residencial a partir de parámetros que viabilicen la inversión. Esta norma dicta una serie de parámetros aplicables a la denominada Zona de Emisiones Neutras (ZEN) las mismas que se enmarcan con la política de

desarrollo sostenible y de generación de espacio público promovida por la gestión municipal; Que, en este contexto normativo, mediante el informe del visto, la Oficina de Planeamiento Urbano propone la aprobación de un Reglamento Integrado Normativo, con el objeto de unificar las regulaciones de las actividades urbanas y edificatorias que se desarrollan en el distrito de San Isidro, teniendo en cuenta además que es necesario precisar y aclarar la normativa vigente que por su redacción, omisión y/o casuística es materia de interpretaciones y controversia, y por la necesidad de una nueva regulación de niveles operacionales con implementación de estándares de calidad para las actividades comerciales y su fiscalización posterior; lo que conlleva, a su vez, a la derogación de diversas normas distritales; Que, por tales consideraciones, corresponde la aprobación del Reglamento Integrado Normativo, el cual cuenta con las opiniones técnicas favorables de las Gerencias de Sostenibilidad, de Autorizaciones y Control Urbano, y de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, y de las unidades orgánicas correspondientes, y la opinión legal correspondiente de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de acuerdo con los documentos del visto; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTEGRADO NORMATIVO ­ RIN DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTEGRADO NORMATIVO ­ RIN del distrito de San Isidro, el que forma parte integrante de presente Ordenanza, y consta de cinco (5) componentes y han sido diferenciados de la siguiente manera: Norma SI-00: Generalidades. Norma SI-01: Normativa Urbanística y Edificatoria. Norma SI-02: Normativa de Niveles Operacionales y Estándares de Calidad. Norma SI-03: Ornato. Norma SI-04: Normativa para la mejora de la calidad urbana y edificatoria. Artículo Segundo.- El objeto del RIN aprobado, es integrar bajo un solo cuerpo normativo, todas las normas referidas o aplicables al ámbito de la propiedad privada, un cuerpo normativo que integre la normativa urbanística y edificatoria, la normativa sobre niveles operacionales y estándares de calidad y la normativa referido a ornato; las mismas que serán de aplicación por las áreas que emiten licencias de edificación, licencias de funcionamiento y autorizaciones. Artículo Tercero.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía Nº 002 del 19 de enero de 2012, publicado en 21 de enero de 2012 y sus normas modificatorias; la Ordenanza Nº 127-MSI; la Ordenanza Nº 141-MSI y sus normas modificatorias y la Ordenanza Nº 386-MSI. Asimismo, DEROGAR los artículos 5º, 12º, 13º, 14º y el literal "c" del numeral 4 del artículo 15º de la Ordenanza Nº 387-MSI y todas las disposiciones de la Ordenanza Nº 412-MSI, a excepción del Título II (Artículos del 7º al 15º) y de su Art. 36º (incorporado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 437-MSI). Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Sostenibilidad, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano y Gerencia de Planeamiento Urbano; de acuerdo a sus respectivas competencias y atribuciones. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial "El Peruano", y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe).

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