Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2018 (21/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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ORDENANZA Nº 010-2018-MDMM Magdalena, 10 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

Sábado 21 de abril de 2018 /

El Peruano

Derogan la Ordenanza Nº 029-2017-MDMM

Otorgan Beneficios Tributarios Temporales para facilitar el pago de obligaciones tributarias respecto al Ejercicio 2018
ORDENANZA Nº 011-2018-MDMM Magdalena del Mar, 10 de abril de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 08 de la fecha, y; VISTO: El Acuerdo de Concejo N° 062-2018-MDMM mediante el cual pasó a la orden del día el pedido del regidor Juan Carlos Adriazola Casas, respecto a la propuesta de beneficio temporal en obligaciones tributarias, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el artículo 194° de la Constitución Política del Perú ; Que, el artículo 74° de la referida Carta Constitucional, desarrollado por la Norma IV del Título Preliminar el Código Tributario, prescribe que los Gobiernos Locales tienen potestad tributaria para crear, modificar, suprimir y establecer beneficios tributarios respecto de los tributos de su competencia a través de normas con rango de Ley; Que, es política de la actual gestión promocionar el pago de las obligaciones generadas por los tributos que la Municipalidad administra, brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para su cumplimiento; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Sub Gerencia de Registros Civiles; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TEMPORALES PARA FACILITAR EL PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS RESPECTO DEL EJERCICIO 2018 Artículo Primero.- La presente norma es aplicable a los contribuyentes que desean efectuar la regularización del pago de obligaciones tributarias generadas para el presente ejercicio, con el fin de promover la recaudación y otorgar facilidades a los contribuyentes de nuestra comuna para el cumplimento de sus obligaciones. Artículo Segundo.- Se otorgará a los contribuyentes el beneficio del pronto pago reconocido en el literal a) del numeral 1) del artículo 1ª de la Ordenanza Nª 056-2017MDMM aplicable desde la publicación de la presente ordenanza hasta la quincena del mes de mayo, antes del vencimiento de la 2da cuota trimestral del ejercicio 2018. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Subgerencia de Informática y Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la misma en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; y a la Gerencia de Comunicaciones su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase FRANCIS JAMES ALLISSON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1638908-1

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 08 de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 189-2018-GAJ-MDMM emitido por la Gerencia de Asesoría jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido el art. 194º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de octubre de 2005, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal b), del artículo 346º, de la Ley Nº 28659, Ley Orgánica de Elecciones, establece la prohibición de practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato; Que, el numeral 1, del artículo 7º, de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, señala que los servidores tiene el deber de actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones; Que, mediante el informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica propone se derogue la Ordenanza Nº 029-2017-MDMM, considerándose que bajo la discrecionalidad de los señores regidores y dentro del ámbito de sus competencias, procederán a aceptar o no las donaciones presentadas por terceros; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA ORDENANZA Nº 029-2017-MDMM Artículo 1º.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 0292017-MDMM. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Comunicaciones su difusión y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISSON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1638903-1

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