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52 NORMAS LEGALES Sábado 21 de abril de 2018 / El Peruano Hás.; Por Concesiones Mineras 61,297.56 Hás; Por Concesiones Forestales No Maderables 15,937.46 Hás.; Por Predios Agrícolas 34,126.10 Hás.; Áreas Naturales Protegidas 6,991.69 Hás.; Por Comunidades Nativas 12,436.09 Hás. TOTAL 150,522.20 Hás. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-2012-GRMDD/CR, se modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones y su estructura del Gobierno Regional de Madre de Dios estableciéndose que la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial (artículo 96, inciso f) elabora y actualiza diagnósticos, diseños o estudios sobre micro o macro Zoni fi cación Ecológica y Económica, ocupación del territorio, sus potencialidades y sus tendencias en relación al fl ujo social. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001- 2014-RMDD/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Forestal y de Fauna Silvestre el Gobierno Regional de Madre de Dios, considerando dentro de su marco de competencia la implementación del ordenamiento del patrimonio forestal regional; así como del inventario, evaluación, catastro y registro oficial de los recursos forestales y de fauna silvestre y la zonificación forestal en el ámbito de su jurisdicción, dentro del marco legal vigente. Que, mediante Dictamen Nº 004-2017-GOREMAD/ CAMAAYCN, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, concluye que: 1) El rol del Estado frente a los recursos naturales es la promoción, conservación y el aprovechamiento sostenible a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, así como mediante el otorgamiento de derechos, conforme a los límites y principios expresados en la presente Ley y en las demás leyes y normas reglamentarias aplicables; por consiguiente, el artículo 89 establece que “...el ordenamiento y zoni fi cación forestal es una medida de gestión de los recursos naturales”; y, 2) Es necesaria la Declaración de Interés Regional el Proceso de Zoni fi cación Forestal en la Región Madre de Dios, cuyo proyecto alcanzado para el Dictamen, conforme al análisis efectuado, debe ser aprobado; pues, cuenta con informes técnicos de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional (Informe Nº 11-2017-GOREMAD/GRPPYAT-SGP-SAQ); de la Dirección Regional Forestal y de Fauna Silvestre (Informe Técnico Nº 003-2017-GOREMAD/GRRNYGA-DRFFS) y de la Sub Gerencia Regional de Manejo Productivo de Ecosistemas(Informe Técnico Nº 052 y 059-2017-GOREMAD.GRRNYGMA-SGMPE-RVT) y de la Dirección Regional Agraria (O fi cio Nº 509-2017-GOREMAD-GRDE-DRA/OPP-PA), las mismas que fueron remitidas al Consejo Regional mediante O fi cio Nº 192-2017-GOREMAD/GRRNYGMA y derivadas a la precitada Comisión Ordinaria. Asimismo, se cuenta con opinión favorable de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, expresada en el Informe Legal Nº 1092-2017-GOREMAD/ORAJ; todo lo cual conlleva a recomendar al Pleno la aprobación de la propuesta de ordenanza regional para la Declaratoria de Interés Regional el Proceso de Zoni fi cación Forestal en la Región Madre de Dios, con las especi fi caciones orientadas a la elaboración del estudio de zoni fi cación forestal, la conformación y reconocimiento del Equipo Técnico de Trabajo, su aprobación e implementación. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades contenidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y con el voto unánime de los consejeros regionales, Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DECLARAR, de interés regional, el Proceso de Zoni fi cación Forestal en la Región Madre de Dios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, a través de la Dirección Regional Forestal y de Fauna Silvestre de Madre de Dios y en coordinación con la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, la elaboración del estudio de Zoni fi cación Forestal, con el propósito de implementar el proceso Macro para el Ordenamiento Territorial. Artículo Tercero.- RECONOCER, al Equipo Técnico de Trabajo para la Zoni fi cación Forestal de la Región Madre de Dios, el mismo que deberá estar conformado por representantes de las siguientes dependencias públicas: - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente - Dirección Regional Forestal y de Fauna Silvestre.- Sub Gerencia Regional de Acondicionamiento Territorial. - Dirección Regional de Agricultura- Dirección de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural. Cada Dependencia deberá acreditar dos representantes, un titular y un suplente; sin perjuicio de incorporar con el voto mayoritario de sus integrantes, a representantes de otras organizaciones o dependencias, cuya participación y aportes considere necesario. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, para que a través de la Dirección Regional Forestal y de Fauna Silvestre de Madre de Dios, efectúe las coordinaciones que resulten necesarias con el Ministerio de Agricultura y Riego y el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), a fi n de contar con una sólida opinión técnica que sustente el proceso de Zoni fi cación y Ordenamiento Forestal de la Región Madre de Dios. Artículo Quinto.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. CARLOS ALFREDO AGUILAR MENDOZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. LUIS OTSUKA SALAZAR Gobernador Regional 1639342-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados correspondiente al Año Fiscal 2019 ORDENANZA Nº 364 La Molina, 16 de abril de 2018EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA