Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2018 (25/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de abril de 2018 /

El Peruano

evaluación y supervisión ambiental que se desarrollara durante el año correspondiente; Que, mediante informe Nº 365-2017-UCP-MDCH de la Unidad de Control Patrimonial, remite el proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización AmbientalPLANEFA 2018, para la Municipalidad de Chorrillos que tiene como objetivo contar con un instrumento de planificación ambiental anual que permita programar y realizar actividades de la municipalidad dentro de sus funciones de fiscalización ambiental, en el marco de las competencias para un desempeño eficiente del control de la contaminación, educación y sensibilización ambiental, en cumplimiento de la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/DC, emitida por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Informe Nº 1248-2017 la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta necesario la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental: Planefa 2018 de la Municipalidad de Chorrillos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º así como los artículos 6º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL- PLANEFA 2018, DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS, conforme al Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Informática, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web de la Municipalidad de Chorrillos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios Públicos, a la Sub Gerencia de Fiscalización y Control y Policía Municipal el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y archívese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1639932-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 1182014- SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 28 de mayo de 2014 la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitación Urbana resuelve Aprobar el proyecto de habilitación urbana ejecutada en vía de regularización como lote único para uso de Vivienda Taller (VT) del terreno de 3 102.00 m2, ubicado en Jirón Los Olmos de la Manzana N Lote 30, 31 y 32 Urbanización Canto Bello Primera Etapa del distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. Siendo aprobado el Plano de trazado y Lotización y el Plano de Ubicado y Localización, registrados como Planos Nº 007-2014-SGOPHU-GDU/ MDSJL y Nº 008-2014-SGOPHU-GDU/MDSJL; Que, mediante Notificación Nº 246-2018-SGOPHUGDU-MDSJL de fecha 30 de enero de 2018, se solicita al administrado programar fecha de inspección ocular; Que, mediante Informe Nº 033-2018-JIRLL-SGOPHUGDU-MDSJL de fecha 05 de febrero de 2018, el técnico de la Sub Gerencia de Obras y Habilitaciones Urbanas señala de la inspección ocular que sobre el área se encuentra una iglesia de ASPERSUD del cual se encuentra habilitada con una capilla, loza deportiva, estacionamiento, almacén, área recreativa y áreas verdes, completamente cercado. Respecto a su perímetro es CONFORME a las medidas presentadas; Que, el T.U.O. del la ley 29090, Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones señala en el Artículo 1º que "La presente Ley tiene el objeto de establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la independización de predios rústicos, subdivisión de lotes, obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación; fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos; y la recepción de obras de habilitación urbana y la conformidad de obra y declaratoria de edificación; garantizando la calidad de vida y la seguridad jurídica privada y pública". Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Corporación Municipal aprobado por Ordenanza Nº 332 de fecha 08 de agosto de 2016 modificado por Ordenanza Nº 336 de fecha 28 de setiembre de 2016, ratificado por Ordenanza 358 de echa 06 de diciembre de 2017 menciona el procedimiento administrativo de Sub conformidad de obra, cuyos requisitos obligatorios. Que, respecto a las licencias, el Art. 3 del Reglamento la ley 29090 aprobada con Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA señala que "La Licencia es un acto administrativo emitido por la Municipalidad mediante el cual se autoriza la ejecución de una obra de habilitación urbana y/o de edificación prevista en la Ley. (...) El otorgamiento de la Licencia de Habilitación Urbana y/o de Edificación determina la adquisición de los derechos de construcción en el predio, habilitando o edificando en los términos y condiciones otorgados en la misma. (...) En el caso de proyectos a ser ejecutados por etapas, se puede presentar un proyecto integral cuyo plazo de aprobación tiene una vigencia de diez (10) años, dentro de los cuáles se puede solicitar para cada etapa la Licencia de Habilitación Urbana, de Edificación, la Recepción de Obras, así como la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, teniendo cada uno de estos documentos una vigencia de treinta y seis (36) meses". Que, asimismo el numeral 16.4 del Artículo 16º del marco normativo antes mencionado refiere que el procedimiento Administrativo de Habilitación Urbana contempla dos etapas: aprobación del proyecto y recepción de obra; Que, respecto a la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones aprobado con DECRETO SUPREMO Nº 006-2017-VIVIENDA, señala que una vez concluidas las obras de habilitación urbana se solicita la recepción de las mismas, presentando ante la municipalidad que otorgó la licencia, con la documentación establecida como requisitos en la norma. Asimismo, agrega que el funcionario municipal remite en el día el expediente al órgano municipal encargado del control urbano para que en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, bajo responsabilidad, efectúe las siguientes acciones: a. Verificar que los planos de replanteo de trazado y lotización correspondan a la licencia otorgada. b. Efectuar

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN SUB GERENCIAL Nº 109-2018-SGOPHU-GDU/MDSJL San Juan de Lurigancho, 15 de marzo de 2018 LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Registro Nº 02790-A1-2018 de fecha 15 de enero de 2018 presentado por la ASOCIACIÓN PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS (ASPERSUD) representada por JORGE LUIS MALAGA CALDERON conforme la Partida Nº 21413936 del Registro de Mandados y Poderes de SUNARP, mediante el cual solicita la Recepción de obras de habilitación urbana sin variación del terreno de 3 102.00 m2, ubicado en Jirón Los Olmos de la Manzana N Lote 30, 31, 32 Urbanización Canto Bello Primera Etapa, del distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima inscrito en la Partida Electrónica Nº 11061557 de los Registros Públicos; y,

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