Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2018 (25/04/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 31
El Peruano / Miércoles 25 de abril de 2018
NORMAS LEGALES
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con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 031-MDMP QUE EXONERA EL PAGO POR DERECHO DE TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 031-MDMP que "Exonera el Pago por Derecho de Trámite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción, por el periodo de 3 meses, los mismos que surten efectos desde el día siguiente a su publicación. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Participación Vecinal, a la Gerencia de Imagen Institucional. Artículo Tercero.- ENCÀRGUESE, a la Gerencia de Participación Vecinal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la presente ordenanza en el Portal Web Institucional. DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL Unica.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuación de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1639876-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDCL) 2018 2028, del Distrito de Chilca - Cañete
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 066-MDCH Chilca, 16 de marzo del 2018. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA-CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chilca-Cañete en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 0222-2018-GPP/MDCH, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 2232018-OAJ/MDCH, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Memorándum Nº 38-2018-GM/MDCH, de la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que aprueba el "Plan de Desarrollo Local Concertado 2018 2028" de la Municipalidad Distrital de Chilca; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que es competencia exclusiva de las municipalidades planificar y promover el
desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes correspondientes; Que, el artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertado y el artículo 12 dispone que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo; Que, por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado "El Perú hacia el 2021" y se dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus planes estratégicos a los objetivos de desarrollo nacional previstos en el plan; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley de creación del Sistema Nacional Estratégico SINAPLAN y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, dispone que el CEPLAN es el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y que sus competencias son de alcance nacional, teniendo como funciones desarrollar metodologías e instrumentos técnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, los Planes Estratégicos Regionales y Locales, así como expedir las normas que corresponda para el adecuado funcionamiento del sistema en los tres niveles de gobierno; Que, según Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, refiriéndose como primer pilar de la gestión pública orientada a resultados del planeamiento estratégico; Que, el Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, que autoriza al CEPLAN a iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico SINAPLAN, ajustarán sus planes estratégicos a los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente y conforme a las directivas y guías metodológicas que expida el CEPLAN; Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva Nº 1-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", la misma que entre otros aspectos deroga la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN/PCD y su modificatoria; Que, el Informe Nº 0222-2018-GPP/MDCH, de fecha 20 de febrero del 2018, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa y remite el Plan de Desarrollo Local Concertado PDLC 2018 2028, de la Municipalidad Distrital de Chilca; solicitando se ponga a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su aprobación respectiva; el cual deberá ser aprobado mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Legal Nº 223-2018-OAJ/ MDCH, de fecha 22 de febrero del 2018, la Oficina de Asesoría Jurídica informa y opina que, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 9º, inciso 8), es procedente su aprobación; Estando a lo expuesto, con los vistos buenos del Gerente Municipal, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y Gerente de Planeamiento y Presupuesto; y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal de Chilca, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2018 2028 DEL DISTRITO DE CHILCA - CAÑETE Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDCL) 2018 2021, de la Municipalidad Distrital de Chilca, con proyección al 2028, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER, que la presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remitir copia de la presente