Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2018 (27/04/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40

NORMAS LEGALES

Viernes 27 de abril de 2018 /

El Peruano

pena privativa de libertad y de pena de inhabilitación para ejercer y obtener mandato o cargo público. 6. Asimismo, el órgano judicial penal competente, mediante la Resolución s/n, del 12 de marzo de 2018, dispuso la ejecución provisional de la inhabilitación dictada contra el cuestionado consejero, por el periodo de dos años, a fin de que se haga efectiva la privación de la función y el cargo que venía ejerciendo, como la incapacidad para que pueda obtener mandato público alguno durante este periodo. 7. Por tal motivo, en mérito a que se ha dispuesto la ejecución de la pena de inhabilitación, corresponde a este órgano electoral dar cumplimiento al mandato judicial y, en consecuencia, se debe dejar sin efecto la credencial otorgada a Hermenegildo Morillo Alejos, que lo reconoce en el cargo de consejero del Gobierno Regional de Áncash. 8. En tal sentido, también corresponde convocar a Melina Pilar Castro Alvites, identificada con DNI N° 43406614, candidata no proclamada de la lista del Movimiento Regional El Maicito, por la provincia de Sihuas, para que asuma el cargo de consejera regional por dicha provincia, por el tiempo que se encuentre inhabilitado Hermenegildo Morillo Alejos. 9. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Áncash (fojas 66 y vuelta a 98 y vuelta), emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Hermenegildo Morillo Alejos como consejero del Gobierno Regional de Áncash por la provincia de Sihuas, emitida con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el tiempo que se encuentre inhabilitado. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Melina Pilar Castro Alvites, identificada con DNI N° 43406614, para que asuma el cargo de consejera del Gobierno Regional de Áncash, por la provincia de Sihuas, por el tiempo que se encuentre inhabilitado Hermenegildo Morillo Alejos, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1641661-2

VISTO el Oficio N° 148-2018-A-MPSM, recibido el 10 de abril de 2018, a través del cual Víctor Manuel Nieves Pinchi, teniente alcalde de la Municipalidad Provincial de San Martín, departamento de San Martín, remite documentación relacionada a la renuncia presentada por el alcalde provincial Walter Grundel Jiménez. CONSIDERANDOS 1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva. 2. Así también, en el artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, se establece que se encuentran impedidos de ser candidatos en las elecciones regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de presidente regional (actual gobernador regional), salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones. 3. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó al proceso de Elecciones Regionales y Municipales para el 7 de octubre del presente año. 4. En ese contexto, considerando los plazos antes mencionados, se tiene que los alcaldes que pretendan postular a gobernadores o vicegobernadores regionales en los próximos comicios electorales deben presentar sus renuncias al cargo ante el respectivo concejo municipal hasta el 7 de abril de 2018. 5. De otro lado, mediante la Resolución N° 00812018-JNE (publicada en el diario oficial El Peruano, el 9 de febrero de 2018, y también en el portal electrónico institucional , en el enlace "Publicación, Reglamentos y disposiciones normativas ERM 2018"), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones reguló los mecanismos de reemplazo de autoridades regionales y municipales que participan como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales de 2018. 6. Así, se estableció en su artículo segundo lo siguiente: a) La presentación de la renuncia del alcalde tiene como efecto inmediato que el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular. b) El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia antes señalada. 7. En el presente caso, se advierte que, con fecha 16 de marzo de 2018, Walter Grundel Jiménez, alcalde de la Municipalidad Provincial de San Martín, presentó ante la Unidad de Trámite Documentario de la entidad edil su renuncia al cargo (fojas 3), con el propósito de participar en las Elecciones Regionales de 2018. 8. Dicha renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la Sesión de Concejo Municipal N° 009-2018-MPSM, del 23 de marzo de 2018 (fojas 7 a 11), siendo que, en la Sesión de Concejo Municipal N° 011-2018-MPSM, del 9 de abril del mismo año (fojas 12 a 14), los miembros del concejo aceptan, por unanimidad, la renuncia presentada por la autoridad edil. 9. Así las cosas, estando a que la renuncia fue presentada dentro del plazo legal (16 de marzo de 2018), corresponde en aplicación del artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que en casos de vacancia o de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Walter Grundel Jiménez, como alcalde de la Municipalidad Provincial de San Martín, departamento de San Martín, y convocar a Víctor Manuel Nieves Pinchi, para que asuma dicho cargo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018.

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de San Martín, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN N° 0211-2018-JNE Expediente N° J-2018-00128 SAN MARTÍN­SAN MARTÍN RENUNCIA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 Lima, once de abril de dos mil dieciocho

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.