Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2018 (27/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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TITULO V

NORMAS LEGALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS POR CUANTO:

Viernes 27 de abril de 2018 /

El Peruano

EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA

Primera.- Los resultados del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2019, serán publicados en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas. Segunda.- Autorizar al Alcalde a emitir el correspondiente Decreto de Alcaldía, determinando las medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2019. Tercera.- Corresponde al Equipo Técnico desarrollar el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2019. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1640943-1

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Informe Nº 057-2018-MDPH/GSC-ST, de fecha 10 de abril de 2018, e Informe Nº 040-2018-MDPH/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Nº 30305, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. Asimismo el numeral 8) del Artículo 9º de dicha Ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Que, mediante los artículos 3º y 4º de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley Nº 27933 y modificatorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINADEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana; y se establece como instancias integrantes de dicho sistema, al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana; Que, los artículos 26º y 27º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de Punta Hermosa 2018
ORDENANZA Nº 375-MDPH Punta Hermosa, 26 de abril de 2018

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