Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2018 (27/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 27 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014IN, indican que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; y es presidida por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, y cuenta con una Secretaría Técnica; Que, a su vez, el literal a), artículo 28º del Reglamento de la Ley Nº 27933, señala como función del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC); Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27933 establece que la Gerencia de Seguridad Ciudadana o el órgano que haga sus veces, asume las funciones de Secretaría Técnica de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC), teniendo dentro de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 057-2018-MDPH/GSC-ST, de fecha 10 de abril de 2018, la Secretaría Técnica del CODISEC, remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Punta Hermosa - 2018, aprobado en Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) - Punta Hermosa, a efectos de que sea ratificado por el Concejo Municipal, conforme lo establece el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 367-2017-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2018, y a través de la Resolución Directoral Nº 004-2018EF/50.01 se aprueban los instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2018, ante ello la Gerencia de Seguridad Ciudadana, quien asume las funciones como Secretaría Técnica de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, presenta el Plan Local de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Punta Hermosa, para su ratificación ante el Concejo Municipal, a fin de cumplir con la Meta Nº 07 "Fortalecimiento de acciones para la Seguridad Ciudadana"; y que ante la revisión del referido plan se ha considerado los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-2015-IN "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución de los comités de seguridad ciudadana", por lo que recomienda que se prosiga con los trámites administrativos; Que, mediante Informe Nº 040-2018-MDPH/GAJ, de fecha de abril de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Punta Hermosa, aprobado en Sesión Ordinaria del CODISEC - Punta Hermosa; recomendando remitir los actuados al Pleno del Concejo para que se delibere su ratificación mediante Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 057-2018-MDPH-GSC/ ST, de fecha de abril de 2018, la Gerencia de Seguridad Ciudadana - Secretario Técnico, solicita al Concejo Municipal aprobar la Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito Punta Hermosa 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA 2018 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Punta Hermosa 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Punta Hermosa, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y demás Unidades

Orgánicas de la Municipalidad, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General de Concejo, la publicación de la presente en el Diario Oficial el Peruano y a la Subgerencia de Informática y Tecnologías de la Información la publicación íntegra de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob. pe), en el Portal del Estado Peruano (www.peru.com.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe) dentro del día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1641539-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza Municipal que asigna nomenclatura a un Parque del Sector 1 del Asentamiento Humano Bocanegra en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2018 Callao, 5 de abril de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, el pedido del Señor Alcalde Juan Ricardo Víctor Sotomayor García; CONSIDERANDO Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 79 numeral 1.4 y el artículo 81 numerales 2.2 y 2.4 señalan que es función específica exclusiva de las municipalidades provinciales aprobar la regulación provincial sobre nomenclatura de calles, parques y vías así como organizar la señalización y nomenclatura de vías, en coordinación con las municipalidades distritales e instalar y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción y establecer la nomenclatura de vías, en coordinación con las municipalidades distritales; Que, el ciudadano Wilfredo Prado Palomino, ex Secretario General de los sectores 1, 2 y 3 del Asentamiento Humano Bocanegra trabajó por su comunidad continuamente buscando mejor calidad de vida para la población de su sector, impulsando trabajos comunales, obras y proyectos de inversión pública, desempeñándose incluso como Regidor de la Municipalidad Provincial del Callao en dos periodos y Regidor del distrito de Carmen de La Legua Reynoso; Que, al haberse tenido conocimiento del deceso del mencionado ex dirigente y autoridad chalaca, se propuso al Concejo Municipal Provincial del Callao que, con dispensa del trámite de comisiones y como un homenaje póstumo, se asigne su nombre al parque ubicado entre las calles Gamma, Cajamarca y Sigma y el Pasaje 38, en el Sector 1 del Asentamiento Humano Bocanegra, Cercado del Callao; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y

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