Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de agosto de 2018 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Ministerial N° 104-2017-MIDIS, se designó al representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente constituida por Decreto Supremo N° 012-2013-SA; Que, atendiendo a lo señalado en los documentos de Vistos, corresponde dar por concluida la designación dispuesta en la Resolución Ministerial N° 104-2017-MIDIS; y designar al nuevo representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la referida Comisión Multisectorial Permanente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Rommy Marisa Ríos Núñez, como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente conformada mediante Decreto Supremo N° 012-2013-SA. Artículo 2.- Designar al/la Director/a de la Dirección de Diseño de Articulación de Políticas de la Dirección General de Políticas y Estrategias como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente conformada mediante Decreto Supremo N° 012-2013-SA. Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Ministerio de Salud y al representante alterno designado en el artículo precedente, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1681511-1

Crean Comisión Intergubernamental del Sector Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2018-MIDIS Lima, 16 de agosto de 2018 VISTOS: Los Informes Nº 93-2018-MIDIS/VMPS/DGCT, Nº 094-2018-MIDIS/VMPS/DGCT y Nº 96-2018-MIDIS/ VMPS/DGCT, de la Dirección General de Coordinación Territorial; el Informe Nº 321-2018-MIDIS/VMPES/ DGPE, de la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando Nº 239-2018-MIDIS/ VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Proveído Nº 3518-2018-MIDIS/ VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y, el Informe Nº 296-2018-MIDIS/SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú dispone que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; a cuyo efecto se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales;

Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo en forma permanente y continua dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con las regiones y localidades; Que, asimismo, el Acuerdo Nacional ha establecido como Octava Política a la descentralización política, económica y administrativa, basada en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local del Estado, con el fin de fortalecer éstos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías; Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno al 2021, estableciendo que se desarrolla en cinco ejes, que se encuentran interrelacionados y que guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país, dentro de los cuales se encuentra, entre otros, la descentralización efectiva para el desarrollo; Que, por otro lado, la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece que es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; asimismo ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y gobiernos locales en materia de desarrollo e inclusión social; Que, en el artículo 29 de la citada Ley Nº 29792, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales; que bajo el principio de articulación intersectorial e intergubernamental con enfoque territorial y en concordancia con sus objetivos se propicia la participación sinérgica y articulada de las entidades del Estado; Que, el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 008-2016-MIDIS, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, establece que la Comisión Intergubernamental del Sector Desarrollo e Inclusión Social debe promover el alineamiento intergubernamental con enfoque multisectorial alrededor de la política de desarrollo e inclusión social; Que, en tal contexto, siendo necesario armonizar la ejecución de las políticas nacionales y las acciones regionales y/o locales en el marco del ordenamiento jurídico vigente, así como evaluar el ejercicio de las competencias compartidas entre los niveles de gobierno, aplicadas en los respectivos procesos de Desarrollo e Inclusión Social, resulta pertinente la creación de la Comisión Intergubernamental del Sector Desarrollo e Inclusión Social; Con el visto bueno del Viceministro de Políticas y Evaluación Social, del Viceministro (e) de Prestaciones Sociales, del Director General de Coordinación Territorial, del Director General de Políticas y Estrategias, y del Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto Créase la Comisión Intergubernamental del Sector Desarrollo e Inclusión Social, dependiente del Ministerio

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