Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 18 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

9

Visto el Oficio N° 137-2018-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Comercial de PROMPERÚ, se ha organizado la actividad "Prospección de Mercado de la Federación Rusa, para identificar compradores y oportunidades de exportación para productos pesqueros & acuícolas", a efectuarse en las ciudades de Moscú y San Petersburgo, Federación de Rusia, del 20 al 25 de agosto de 2018, con el objetivo de identificar oportunidades de ventas y compradores para los productos peruanos del sector pesca y acuícola, teniendo en cuenta las necesidades actuales de los consumidores rusos y los criterios de compra de mayoristas y minoristas, las tendencias del mercado, así como las preferencias de los consumidores rusos; asimismo, el día 21 de agosto de 2018, se sostendrán reuniones de coordinación a fin de garantizar la correcta participación de las empresas peruanas, que hagan posible el cumplimiento de los objetivos de la prospección; Que, la prospección de mercado constituye el proceso básico de identificación de demandas y una herramienta para la promoción, gestión y desarrollo de la oferta exportable, permitiendo conocer las oportunidades, debilidades o amenazas que podrían tener los productos ofertados, generando información de valor y ad hoc para la oferta peruana del sector pesquero y acuícola en el mercado ruso; Que, por tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior del señor Luis Andrés Bravo Ochoa, Especialista de Inteligencia de Mercados, del Departamento de Inteligencia de Mercados, de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Comercial, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice la prospección del mercado ruso para el desarrollo y promoción de las exportaciones pesqueras y acuícolas peruanas; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de Moscú y San Petersburgo, Federación de Rusia, del señor Luis Andrés Bravo Ochoa, del 18 al 26 de agosto de 2018, para que en representación de PROMPERÚ, realice la prospección del mercado ruso que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Luis Andrés Bravo Ochoa Pasajes aéreos Clase Económica US $ 1 829,77 Continente Europa Viáticos día US $ 540,00 Nro. días 06 Total Viáticos US $ 3 240,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Luis Andrés Bravo Ochoa, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1681528-1

CULTURA
Modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú
DECRETO SUPREMO Nº 006-2018-MC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; asimismo, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mayor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, distinguiendo las que son sustantivas de cada entidad, de aquellas que son de administración interna y las relaciones de jerarquía entre las unidades u órganos de trabajo; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 829 se crea el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP cuya finalidad es ejecutar actividades y acciones de difusión de contenidos educativos, informativos, culturales y de esparcimiento a nivel nacional; Que, con Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP; Que, a través del Decreto Supremo Nº 061-2016PCM, se aprueba la adscripción del IRTP al Ministerio de Cultura; Que, la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del IRTP no se ajusta a las necesidades y objetivos de la entidad como tampoco a la normatividad vigente, situación que no

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.