Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de agosto de 2018 /

El Peruano

extiende invitación al Ministro de Energía y Minas, a fin de participar en la III Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú ­ China, la misma que se desarrollará en la ciudad de Pekín, República Popular China, entre los días 27 y 28 de agosto de 2018; Que, la participación del Ministerio de Energía y Minas en la III Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú ­ China, tiene como finalidad fortalecer las relaciones entre Perú y China, así como la diversidad de temas considerados y sectores involucrados en el mencionado evento. Asimismo, señala que en la Reunión se hará seguimiento a los acuerdos suscritos en la "II Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú ­ China" que se realizó en la ciudad de Lima en el mes de noviembre del año 2016; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, una de las funciones que le corresponde al Ministerio de Energía y Minas es promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación del Viceministro de Minas en los referidos eventos, dado que sostendrá actividades y reuniones con autoridades gubernamentales y representantes del sector empresarial e inversionistas vinculados al sector minero, donde se ha de destacar la estabilidad económica y jurídica del Perú y promover la cartera de proyectos y posibilidades de inversión a cargo del Ministerio de Energía y Minas; Que, la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM se aprobaron las normas reglamentarias de la Ley N° 27619, regulándose además la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público; Que, tal como lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 2 y 3 de la Ley N° 27619, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; y, deben publicarse en el diario oficial El Peruano con anterioridad al viaje. Asimismo, dispone, en sus artículos 4 y 5, que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada por Decreto Supremo; y, dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje el funcionario o servidor público debe presentar ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM dispone que la resolución de autorización respectiva debe ser debidamente sustentada en el interés nacional o institucional e indicar expresamente el motivo del viaje,

el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 005-2018, se establecen medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la eficiencia del gasto público durante el año fiscal 2018, para atenuar y modular el crecimiento del gasto corriente sin afectar la prestación de los servicios públicos, y garantizar el cumplimiento de las metas fiscales previstas para el presente año fiscal; Que, toda autorización de viaje deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad: Que, en concordancia con lo señalado en el considerando precedente, la Oficina de Financiera de la Oficina General de Administración emitió el Informe N° 115-2018-MEM-OGA/FIN, el mismo que concluye que el presente viaje irrogará gastos al Tesoro Público, y no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación; Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero-energéticas; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, la participación del señor Luis Miguel Incháustegui Zevallos, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas en la Sexta Reunión de Ministros Responsables de Minería, evento previo del Foro de Cooperación Económico Asia Pacífico ­ APEC, y en la III Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú ­ China, es de interés institucional, motivo por el cual resulta necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, del 19 al 29 de agosto de 2018, a las ciudades de Port Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea y Pekín, República Popular China; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas ­ Unidad Ejecutora 001; Que, por convenir al servicio y con la finalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario encargar las funciones del Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, la Resolución Secretarial N° 012-2016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva N° 004-2016-MEM/SEG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Luis Miguel Incháustegui Zevallos, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a las ciudades de Port Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea y Pekín, República Popular China, del día 19 al 29 de agosto de 2018, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido FEE) Viáticos (US$ 385.00 por 4 días) Viáticos (US$ 500.00 por 3 días) Total : US$ 9 750.00 : US$ 1 540.00 : US$ 1 500.00 : US$ 12 790.00

Artículo 3.- Encargar al Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas las funciones del

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