Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 18
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NORMAS LEGALES
Sábado 18 de agosto de 2018 /
El Peruano
extiende invitación al Ministro de Energía y Minas, a fin de participar en la III Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú China, la misma que se desarrollará en la ciudad de Pekín, República Popular China, entre los días 27 y 28 de agosto de 2018; Que, la participación del Ministerio de Energía y Minas en la III Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú China, tiene como finalidad fortalecer las relaciones entre Perú y China, así como la diversidad de temas considerados y sectores involucrados en el mencionado evento. Asimismo, señala que en la Reunión se hará seguimiento a los acuerdos suscritos en la "II Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú China" que se realizó en la ciudad de Lima en el mes de noviembre del año 2016; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, una de las funciones que le corresponde al Ministerio de Energía y Minas es promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación del Viceministro de Minas en los referidos eventos, dado que sostendrá actividades y reuniones con autoridades gubernamentales y representantes del sector empresarial e inversionistas vinculados al sector minero, donde se ha de destacar la estabilidad económica y jurídica del Perú y promover la cartera de proyectos y posibilidades de inversión a cargo del Ministerio de Energía y Minas; Que, la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM se aprobaron las normas reglamentarias de la Ley N° 27619, regulándose además la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público; Que, tal como lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 2 y 3 de la Ley N° 27619, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; y, deben publicarse en el diario oficial El Peruano con anterioridad al viaje. Asimismo, dispone, en sus artículos 4 y 5, que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada por Decreto Supremo; y, dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje el funcionario o servidor público debe presentar ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM dispone que la resolución de autorización respectiva debe ser debidamente sustentada en el interés nacional o institucional e indicar expresamente el motivo del viaje,
el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 005-2018, se establecen medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la eficiencia del gasto público durante el año fiscal 2018, para atenuar y modular el crecimiento del gasto corriente sin afectar la prestación de los servicios públicos, y garantizar el cumplimiento de las metas fiscales previstas para el presente año fiscal; Que, toda autorización de viaje deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad: Que, en concordancia con lo señalado en el considerando precedente, la Oficina de Financiera de la Oficina General de Administración emitió el Informe N° 115-2018-MEM-OGA/FIN, el mismo que concluye que el presente viaje irrogará gastos al Tesoro Público, y no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación; Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero-energéticas; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, la participación del señor Luis Miguel Incháustegui Zevallos, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas en la Sexta Reunión de Ministros Responsables de Minería, evento previo del Foro de Cooperación Económico Asia Pacífico APEC, y en la III Reunión del Mecanismo de Diálogo Estratégico de Cooperación Económica Perú China, es de interés institucional, motivo por el cual resulta necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, del 19 al 29 de agosto de 2018, a las ciudades de Port Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea y Pekín, República Popular China; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001; Que, por convenir al servicio y con la finalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario encargar las funciones del Viceministerio de Minas del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, la Resolución Secretarial N° 012-2016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva N° 004-2016-MEM/SEG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Luis Miguel Incháustegui Zevallos, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a las ciudades de Port Moresby, Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea y Pekín, República Popular China, del día 19 al 29 de agosto de 2018, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido FEE) Viáticos (US$ 385.00 por 4 días) Viáticos (US$ 500.00 por 3 días) Total : US$ 9 750.00 : US$ 1 540.00 : US$ 1 500.00 : US$ 12 790.00
Artículo 3.- Encargar al Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas las funciones del