Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (18/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Sábado 18 de agosto de 2018 El Peruano / Callao-Zona Sur, del Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, en los meses de junio a diciembre 2017; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario hasta por la suma de S/ 5 654 196,00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; De conformidad con lo establecido en la Décimo Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, y el literal a) del párrafo 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30694, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 5 654 196,00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios(Recursos de las retribuciones recibidas de los concesionarios del Nuevo Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur, del Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque deConcentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, en el marcode la Ley N° 27943 y el DecretoSupremo N° 016-2006-MTC) 5 654 196,00 ------------------ TOTAL INGRESOS 5 654 196,00 =========== EGRESOS En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000719 : Ámbito acuático vigilado y controlado ACTIVIDAD 5005251 : Mantenimiento y Entrenamiento del Efectivo Guardacostas GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 230 000,00 ----------------- ACTIVIDAD 5005252 : Operaciones de Policía Acuática GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 904 817,00 ----------------- ACTIVIDAD 5005253 : Monitoreo y Control del Ámbito Acuático GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 155 000,00 ----------------- ACTIVIDAD 5005255 : Servicios de la Administración Marítima GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 2 450 160,00 ------------------- GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 914 219,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 5 654 196, 00 ======== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en el Crédito Suplementario aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la presente Resolución es remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1682422-2 Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 286-2018-EF/43 Lima, 16 de agosto de 2018CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 317-2011- EF/43 y la Resolución Ministerial N° 201-2014-EF/43, se designó al señor Eduardo Adolfo Cárdenas Saldarriaga, en el cargo de Director de Sistema Administrativo III – Director Ejecutivo, Categoría F-4, de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Eduardo Adolfo Cárdenas Saldarriaga ha presentado su renuncia al referido cargo, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en