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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (28/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 28 de agosto de 2018 El Peruano / Proyectos de Largometraje en Lenguas Originarias”, a convocarse en el mes de agosto del presente año; Que, a través del Informe N° 900158-2018/DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 22 de agosto de 2018, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes eleva al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales las precitadas propuestas de Bases para la aprobación correspondiente, las mismas que cumplen con lo dispuesto en la Directiva N° 002-2015-VMPCIC/MC y en el “Plan Anual de Concursos para la Actividad Audiovisual y Cinematográ fi ca para el año 2018”; por lo que emite conformidad a las referidas Bases; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 26370, Ley de Cinematografía Peruana, y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2015-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial N° 035-2015-VMPCIC-MC y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción en Lenguas Originarias – 2018” y del “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje en Lenguas Originarias -2018”. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes supervise el desarrollo de los Concursos cuyas Bases se aprueban mediante el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1685228-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento DECRETO SUPREMO Nº 195-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, será efectuada por una comisión multisectorial, cuya conformación y funciones se aprueba en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, los recursos del FONDES, se incorporan en las entidades de los tres niveles de gobierno, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, Donaciones y Transferencias y Recursos Determinados, según corresponda, señalando que dicha incorporación de recursos, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último; asimismo, dichos recursos se destinan a fi nanciar actividades e inversiones, para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos; Que, mediante el O fi cio Nº 3055-2018/VIVIENDA- SG, la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud priorizada de fi nanciamiento, aprobada mediante Acta Nº 08 de la Comisión Multisectorial del FONDES de fecha 08 de agosto de 2018, hasta por la suma de S/ 9 855 313,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el fi nanciamiento de actividades de reconstrucción en distritos de la provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 9 855 313,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para ser destinados al fi nanciamiento de actividades de reconstrucción, con cargo a los recursos del FONDES; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 9 855 313,00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, destinados a fi nanciar actividades de reconstrucción, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 9 855 313,00 ------------------ TOTAL INGRESOS 9 855 313,00 ========== EGRESOSSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosPROGRAMA PRESUPUESTAL 0111 : Apoyo al Hábitat Rural GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 234 221,00 2.5 Otros Gastos 1 327 362,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0146 : Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado