Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2018 (28/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 28 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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PRODUCE
Encargan funciones de Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2018-PRODUCE Lima, 27 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Ley N° 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; cuenta con personería jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, el Director Ejecutivo del SANIPES es el titular de la entidad; Que, con Resolución Suprema N° 004-2017PRODUCE, se designa al señor Carlos Ernesto Bustamante Donayre en el cargo de Director Ejecutivo del SANIPES; Que, a través del Oficio N° 0507-2018-PRODUCE/ DVPA, el Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, en su condición de Presidente del Consejo Directivo del SANIPES, pone de manifiesto ante el Director Ejecutivo del SANIPES su preocupación y disconformidad respecto de la gestión ejecutiva a cargo del citado funcionario, señalando que se ha determinado la concurrencia de factores que desestabilizan y ponen en riesgo distintos aspectos de la gestión del Sector; Que, el literal c) de la Sexta Disposición Transitoria de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema puede remover por causal de pérdida de confianza a los titulares, jefes, presidentes e integrantes de los Consejos Directivos o Directorios de los Organismos Públicos, con excepción de los Organismos Reguladores que actúan en representación del Poder Ejecutivo; Que, en consecuencia, es necesario remover por causal de pérdida de confianza al Director Ejecutivo del SANIPES, y a fin de viabilizar el accionar de la entidad, corresponde encargar el citado puesto en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Remover por causal de pérdida de confianza al señor Carlos Ernesto Bustamante Donayre del cargo de Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), en el marco de lo dispuesto en el literal c) de la Sexta Disposición Transitoria de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Artículo 2.- Encargar al señor Javier Fernando Miguel Atkins Lerggios, Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, el cargo de Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), en tanto se designe al titular.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1685575-1

Autorizan viaje de profesionales del IMARPE a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 361-2018-PRODUCE Lima, 24 de agosto de 2018 VISTOS: El documento de fecha 12 de junio de 2018, de la South Pacific Regional Fisheries Management Organisation - SPRFMO, el Memorando N° 389-2018-IMARPE/DGIRP, de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE; el Memorándum N° 369-2018-IMARPE/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE; el Informe N° 1084-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 12 de junio de 2018, la South Pacific Regional Fisheries Management Organisation - SPRFMO, cursa invitación a sus miembros para participar en la "Sixth Meeting of the Scientific Committee (SC6), la cual se llevará a cabo en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, del 09 al 14 de setiembre de 2018; Que, con el Memorando N° 389-2018-IMARPE/ DGIRP, la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú IMARPE, adjunta el Informe Técnico Sustentatorio N° 010-2018 en el cual se justifica la participación de la entidad en el mencionado evento, toda vez que se recibirá información actualizada sobre el desarrollo de la pesquería de jurel, calamar gigante y otros recursos de profundidad, en los países que conforman la SPRFMO, los cuales serán utilizados para la implementación de las bases para el estudio de dichos recursos y sus pesquerías en el país; así como, se discutirá la recomendación sobre la cuota de captura de jurel para el 2019 en el área de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar en el Océano Pacífico Sur", la identificación de data necesaria y la recuperación de data histórica para la evaluación del calamar gigante en el Pacífico Suroriental; y se pondrá en discusión la propuesta para el establecimiento de un Programa de observadores en el área de la citada convención, elaborado vía sesiones virtuales del Grupo de Trabajo del Programa de Observadores (OPWG); recomendando la participación en el citado evento, de los señores Miguel Ángel Ñiquen Carranza, Enrique Manuel Ramos Vásquez y Edgar Argumedo Guillen, profesionales del IMARPE; Que, mediante el Memorándum N° 736-2018-IMARPE/ AFLel, el Área Funcional de Logística e Infraestructura del IMARPE señala que se ha realizado la cotización de los pasajes aéreos para la comisión de servicios en tarifa económica; Que, por el Memorándum N° 369-2018-IMARPE/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE, emite opinión favorable respecto a la comisión de servicios de los mencionados profesionales, señalando que su participación en dicho evento reforzará la visión integral de la pesquería del jurel y calamar gigante a nivel regional, contando con mejores elementos

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