Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2018 (28/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 28 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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de los representantes de la ODEPA en el marco de la organización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; de conformidad con lo establecido por la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 y el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y su respectiva Adenda; Que, con Memorando N° 1542-2018-MTC/09, de fecha 24 de agosto de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 380-2018-MTC/09.03, por el cual la Oficina de Presupuesto concluye procedente aprobar una Transferencia Financiera hasta por la suma de QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS SEIS Y 65/100 SOLES (S/ 522 906,65) a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) e informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal necesaria en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2018, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el Año Fiscal 2018, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia Financiera con cargo al presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el Año Fiscal 2018, a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), hasta por la suma de QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS SEIS Y 65/100 SOLES (S/ 522 906,65), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto asignado al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.2.199 A Otros Organismos Internacionales. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el

mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1685578-1

Autorizan a Revisiones Técnicas Vehiculares Selva Verde S.A.C. como centro de inspección técnica vehicular para operar en local ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3299-2018-MTC/15 Lima, 25 de julio de 2018 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-086562-2018, presentada por la empresa REVISIONES TECNICAS VEHICULARES SELVA VERDE S.A.C., así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237 Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-086562-2018 del 28 de marzo de 2018, la empresa REVISIONES TECNICAS VEHICULARES SELVA VERDE S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorización para operar un nuevo Centro de Inspección Técnica Vehicular­ CITV fijo con una (01) Línea de Inspección Tipo Mixta, en el local ubicado en la Carretera Cajamarca ­ Jesús Km. 5, Sector 24, Villa Huacariz, distrito, provincia y departamento de Cajamarca; Que, mediante Oficio N° 3842-2018-MTC/15.03 del 14 de mayo de 2018 y notificado el 16 de mayo de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial comunicó las observaciones advertidas en la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-147981-2018 del 30 de mayo de 2018, La Empresa solicitó ampliación de plazo para subsanar las observaciones formuladas en el Oficio N° 3842-2018MTC/15.03, por lo que mediante Oficio N° 4365-2018MTC/15.03 del 31 de mayo de 2018, se amplió el plazo para subsanar hasta el 13 de junio de 2018; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-156329-2018 del 07 de junio de 2018, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio N° 3842-2018-MTC/15.03, subsistiendo algunas observaciones; Que, mediante Oficio N° 4566-2018-MTC/15.03 del 12 de junio de 2018 y notificado en la misma fecha, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial comunicó las observaciones detectadas como consecuencia de la presentación de la subsanación, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles;

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