Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2018 (28/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 28 de agosto de 2018 /

El Peruano

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de Director General de la Dirección General de Minería a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 322-2018-MEM/DM Lima, 27 de agosto de 2018 VISTOS: El Informe N° 971-2018-MEM-DGM/ DNM de la Dirección General de Minería; el Informe N° 118-2018-MEM-OGA/FIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y, el Informe N° 814-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante carta s/n de fecha 20 de agosto de 2018, la empresa Metal Bulletin Events, cursó invitación al ingeniero Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz, Director General de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, para participar en la "Tercera Conferencia Excelencia Estratégica en la Minería", que se desarrollará en la ciudad de Santiago de la República de Chile los días 29 y 30 de agosto de 2018; Que, de acuerdo al citado documento, el referido evento consistirá en un foro exclusivo para ejecutivos del sector minero, destinado a optimizar el modelo operativo de las empresas mineras, analizar las últimas perspectivas del sector minero global, y en donde ponentes y expertos brindarán una evaluación del macro ambiente y de los prospectos futuros de la producción, comercio y consumo global de metales; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, una de las funciones que le corresponde al Ministerio de Energía y Minas es promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación del Ministerio de Energía y Minas en el citado evento, teniendo en cuenta que el Perú es el segundo productor de cobre y zinc del mundo y el cuarto de plomo, siendo necesario retomar el liderazgo y participación activa en dichos eventos internacionales, en los cuales se toman decisiones que permiten mantener la competitividad del Perú en el sector minero mundial y visualizar nuevos espacios de trabajo conjunto en temas mineros que permitan promover al Perú como destino destacado para la inversión minera; Que, la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002PCM se aprobaron las normas reglamentarias de la Ley N° 27619, regulándose además la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público; Que, tal como lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público;

Que, el artículo 2 y 3 de la Ley N° 27619, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; y, deben publicarse en el diario oficial El Peruano con anterioridad al viaje. Asimismo, dispone, en sus artículos 4 y 5, que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada por Decreto Supremo; y, dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje el funcionario o servidor público debe presentar ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM dispone que la resolución de autorización respectiva debe ser debidamente sustentada en el interés nacional o institucional e indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 005-2018, se establecen medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la eficiencia del gasto público durante el año fiscal 2018, para atenuar y modular el crecimiento del gasto corriente sin afectar la prestación de los servicios públicos, y garantizar el cumplimiento de las metas fiscales previstas para el presente año fiscal; Que, toda autorización de viaje deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, en concordancia con lo señalado en el considerando precedente, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración emitió el Informe N° 118-2018-MEM-OGA/FIN, el mismo que concluye que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos si irrogará gastos al Tesoro Público; los mismos que no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación; Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por finalidad promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar el viaje del ingeniero Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz, Director General de la Dirección General de Minería, para que represente al Ministerio de Energía y Minas en el marco de la "Tercera Conferencia Excelencia Estratégica en la Minería"; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas ­ Unidad Ejecutora 001; Que, por convenir al servicio y con la finalidad de no interrumpir la gestión administrativa del Ministerio de Energía y Minas, es necesario encargar las funciones del Director General de la Dirección General de Minería a la señorita Teresa Ysabel Macayo Marín, Directora General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, la Resolución

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