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6 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 / El Peruano reajuste de las boni fi caciones que establece el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de boni fi caciones, asignaciones o entregas. Artículo 3. Criterios y condiciones para la percepción de la boni fi cación Para la percepción de la boni fi cación aprobada en el artículo 1 de esta norma, se debe cumplir de manera conjunta con los siguientes criterios y condiciones: 1. El bene fi ciario debe encontrarse efectivamente laborando, en el mes de diciembre del presente año, o en uso del descanso vacacional o percibiendo los subsidios a que se re fi ere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. 2. El bene fi ciario debe encontrarse registrado en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4. Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 4.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 18 786 000,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL Y 00/100 SOLES), del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la boni fi cación a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, que se encuentre efectivamente laborando al que se re fi ere la Centésima Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 120 : Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de Educación Básica Regular cuentan con materiales educativos necesarios para el Logro de los estándares de aprendizajes ACTIVIDAD 5005642 : Dotación de material y recursos educativos para estudiantes de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 18 394 855,00 UNIDAD EJECUTORA 024 : Sede Central ACCIONES CENTRALESACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y presupuestoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 391 145,00 TOTAL EGRESOS 18 786 000,00A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas NormadasACTIVIDAD 5005629 : Contratación oportuna y pago del personal administrativo y de apoyo de las instituciones educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 12 877 500,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000790 : Personal Contratado Oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 170 000,00 ACCIONES CENTRALESACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 5 738 500,00 TOTAL EGRESOS 18 786 000,00 4.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 4.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a diversos pliegos Gobiernos Regionales para fi nanciar el pago de la boni fi cación a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público”, que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5. Procedimiento para la Aprobación Institucional 5.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 4.1 del artículo 4 de este Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 5.2 La O fi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 5.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en este Decreto Supremo. Artículo 6. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.