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4 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 / El Peruano Industriales de la Marina S.A - SIMA-PERÚ S.A., adscrita al Ministerio de Defensa, así como a sus Responsables, conforme se detalla a continuación: Órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de InversionesEntidad Unidad Orgánica Responsable Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI)Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.)Jefatura de Centro de Operación CallaoJefe del SIMA Callao Jefatura de Centro de Operación ChimboteJefe del SIMA Chimbote Artículo 2.- Formulación de los documentos de gestión Encárguese a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto la modi fi cación de los documentos de gestión que corresponda, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), el mismo día de su publicación o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1727293-3 Designan Director de Bienestar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1879-2018 DE/SG Lima, 28 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 del mismo cuerpo legal, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular en la Entidad correspondiente; Que, el literal nn) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE, establece como función del Titular de la Entidad designar y remover a los titulares de cargos de con fi anza del Ministerio; Que, de conformidad con el último reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 0001: Administración General del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial N° 682-2018-DE/SG, el cargo de Director de Bienestar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa es considerado como cargo de con fi anza; Que, resulta necesario emitir el acto de administración interna, mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo de con fi anza; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de enero de 2019, al señor abogado Carlos Fernando Steiert Goicochea en el cargo de Director de Bienestar de la Dirección General de Recursos Humanos- Director de Sistema Administrativo I. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1727293-4 ECONOMIA Y FINANZAS Otorgan de manera excepcional y por única vez una bonificación a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 323-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Centésima Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza de manera excepcional y por única vez, en el mes de diciembre de 2018, el otorgamiento de una boni fi cación, a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, que se encuentre efectivamente laborando; señalándose que dicha boni fi cación no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales; asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de las boni fi caciones que establece el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de boni fi caciones, asignaciones o entregas; Que, de acuerdo a la citada Disposición, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, se aprueban el monto, criterios y condiciones de la boni fi cación referida en el considerando precedente y las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales con cargo al presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, exceptuándose al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 y 9 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 952-2018-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER sustenta y determina los montos, criterios y condiciones para el otorgamiento de la boni fi cación a favor de los servidores administrativos del Sector Educación, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276 del Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales; Que, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 01054-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y