Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2018 (04/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de enero de 2018 /

El Peruano

promoción de la inversión privada mediante la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, bajo el ámbito de su competencia; Que, asimismo, conforme el artículo 39 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1224 concordado con el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSION, aprobado con Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, el Director Ejecutivo es el representante legal de la entidad, Titular de la Entidad y del pliego presupuestal; Que, el literal t) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, dispone que el Director Ejecutivo, tiene entre otras funciones, la de delegar facultades que considere necesarias; Que, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado modificada por Decreto Legislativo N° 1341, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y conforme dispone el artículo 8 de la citada Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF prevé que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto de la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme a lo señalado en el artículo 50 de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada con Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 y modificatorias, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa dicha facultad; Que, mediante los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 050-2006-PCM, se prohíbe en las entidades del Sector Público, la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo éstos efectuarse en blanco y negro, salvo que, excepcionalmente, el titular de la entidad o quien éste delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justificados; Que, la estructura orgánica de PROINVERSIÓN, aprobada mediante Decreto Supremo N° 185-2017-EF, y con el propósito de lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa de la entidad, así como garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes, servicios y obras, en la gestión de los recursos humanos que permitan a la Entidad cumplir tanto con las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones como con la programación de las metas institucionales para el ejercicio 2017, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego hasta la culminación del referido Año Fiscal, en los diversos órganos de PROINVERSIÓN; Con los vistos de la Secretaría General, la Dirección de Servicios al Inversionista, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el literal t) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF; en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por Decreto Legislativo N° 1341 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, modificado por Decreto Supremo N° 056-2017-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0012014-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444,

aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 27736 y su Reglamento. SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General las siguientes facultades: 1.1 En materia de personal a) Aprobar los requerimientos de contratación de personal bajo el régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728 y modificatorias; y Contratación Administrativa de Servicios, Decreto Legislativo Nº 1057 y modificatorias. b) Aprobar las licencias con goce de haber no reguladas en el artículo 30 del Reglamento Interno de Trabajo de PROINVERSIÓN. c) Aprobar las licencias con o sin goce de haber que superen los treinta (30) días. d) Autorizar el traslado o reubicación definitivo del personal por necesidad del servicio en ciudad distinta a donde se encuentra prestando servicios. e) Autorizar acciones de personal, referidas a encargos temporales. 1.2 En materia administrativa a) Suscribir en nombre de la Entidad, los Convenios de Asistencia Técnica en la modalidad de Asesoría sin Financiamiento y los vinculados a la Ley No 29230, "Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado" y el artículo 17 de la Ley Nº 30264, "Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico" así como sus modificaciones. b) Aprobar directivas y otros instrumentos que fueran necesarios para la gestión administrativa de la entidad. c) Suscribir en representación de la Entidad, convenios de colaboración interinstitucional así como sus modificaciones. d) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal y sus modificaciones. e) Aprobar las modificaciones al Clasificador de Cargos. f) Designar a los miembros del Comité Especial de Cautela. g) Suscribir los Contratos así como las adendas, sujetos a las disposiciones "Gestión de Sociedades de Auditoría". h) Designar, ratificar o modificar a los servidores que realizan funciones de fedatarios de la entidad. i) Constituir, designar y modificar a los miembros de la comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada. j) Designar al funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. k) Designar a los funcionarios encargados de clasificar la información de carácter secreta y reservada. l) Designar al responsable de remitir las ofertas de trabajo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. m) Aprobar los viajes dentro del territorio nacional de los miembros de los Comités Especiales de Inversiones, de los Directores y de las personas que integran la Dirección Ejecutiva. n) Aprobar las solicitudes de viáticos de los Directores para viajes nacionales. o) Aprobar las solicitudes de viáticos para viajes internacionales. p) Modificar el Reglamento Interno de los Servidores Civiles de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada. 1.3 En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar las contrataciones directas, para el supuesto establecido en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley N° 30225.

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