Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2018 (16/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Martes 16 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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de Adjudicación se obligan a efectuar el trámite de "Levantamiento de Observaciones". d) La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" queda facultada para otorgar facilidades al(los) beneficiario(s) que no pueda realizar en forma personal en caso de enfermedad o impedimento físicos. Artículo 24º.- TITULO DE PROPIEDAD: (...) Trámite: a. Se apertura con la presentación de solicitud por Mesa de Partes por el(los) Titular(es), quien(es) son los que pueden tramitar y celebrar el acto. b. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" verifica el registro, padrones, constata la ejecución de obras de construcción de naturaleza permanente o un área techada no menor de 20.00 m² en el terreno ejecutado e informará en el plazo de quince (15) días hábiles la existencia o no de observaciones al adjudicatario. De mediar observación, el adjudicatario se obliga a tramitar el levantamiento de observación y de no mediar observación de la Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, el adjudicatario acotará el pago del derecho de Titulación al Adjudicatario. c. Se aplicará el Silencio Administrativo Positivo si trascurridos los treinta (30) días hábiles no hubiera pronunciamiento por parte de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto". d. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" queda facultada para otorgar facilidades al(los) Titular(es) que no pueda realizar en forma personal en caso de enfermedad o impedimento físicos. e. Mediante Resolución de Alcaldía se Autorizará la entrega del Título de Propiedad a favor del(los) adjudicatario(s) que cuenten con todos los requisitos. f. Haber cancelado el íntegro del valor de terreno. g. La entrega del Título de Propiedad tendrá lugar en la fecha que sea señalada por la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial en el caso de ser masiva, pudiendo realizarse la misma en ceremonia pública y en todo caso que la Titulación será previa coordinación con la Gerencia antes indicada. Artículo 25º.- LEVANTAMIENTO DE CARGAS Y GRAVÁMENES: (...) Trámite: a. Se apertura con la presentación de Solicitud por Mesa de Partes por el(los) Titular(es), quien(es) son los que pueden tramitar y celebrar el acto. b. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" verifica el cumplimiento de la ejecución de obras de construcción de naturaleza permanente o un área techada no menor de 40.00 m² en el terreno ejecutado en un plazo de dos (02) años de otorgado el Título de Propiedad, así como que hayan transcurrido diez (10) años desde el otorgamiento del Título de Propiedad sin que haya enajenado y/o arrendado el inmueble transferido; asimismo, que no exista el abandono del lote en el mismo plazo; se informará en el plazo de quince (15) días hábiles la existencia o no de observaciones al(los) Titular(es). De mediar observación, el adjudicatario se obliga a tramitar el levantamiento de observación y de no mediar observación de la Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, emitirá la Resolución de Gerencia levantando las Cargas y Gravámenes. c. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad

Provincial "Mariscal Nieto" queda facultada para otorgar facilidades al(los) Titular(es) que no pueda realizar en forma personal en caso de enfermedad o impedimento físicos. Artículo 27º.- PERMUTA DE LOTE ASIGNADO: (...) Requisitos: a. Solicitud de Permuta de Lote. b. Acta de mutuo acuerdo suscrito por ambas partes, con firmas Fedateadas. c. Recibo de pago por derecho de trámite. Trámite: a. Cualquiera de los recurrentes presentará por Mesa de Partes la solicitud con los requisitos establecidos en los puntos a, b y c del párrafo anterior. b. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto", citará a ambos recurrentes para constatar la veracidad del Acta del Mutuo Acuerdo y ratificación del contenido. Artículo 28º.- LEVANTAMIENTO DE CARGAS Y GRAVÁMENES: (...) Trámite: a. Los recurrentes presentarán la solicitud de Reubicación por Mesa de Partes con su respectivo Recibo de pago por derecho de trámite. b. La Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial, emitirá un Informe de factibilidad de servicios o de elevados costos de Habilitación Urbana, de ser el caso; posteriormente la Municipalidad comunicará la disponibilidad de terrenos, debiendo los interesados presentar todos los requisitos establecidos en los Artículos 21º al 24º solo para el caso de aquellos que no estén considerados en el Padrón Definitivo iniciarán el procedimiento que se establece en el Artículo 16". Artículo 29º.CONVIVIENTE: (...) Requisitos: a. Solicitud de Inclusión de Cónyuge o Conviviente. b. Copia Fedateada de la Partida de Matrimonio o Declaración Jurada de convivencia, de ser el caso. c. Certificado Negativo de Propiedad de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" y de Registros Públicos, de la persona a incluir. d. Copia Fedateada de la Partida de Nacimiento de los hijos si los hubiera. e. Recibo de pago por derechos de trámite. Trámite: a. El beneficiario o adjudicatario presentará la solicitud por Mesa de Partes, adjuntando los requisitos a, b, c, d, f y e de ser el caso, para la inclusión del nuevo beneficiario, no se admitirá la falta de requisito alguno. b. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto", procederá a verificar la originalidad del contenido y forma de los requisitos presentados de libre compromiso con otras propiedades o Asociaciones con fines de vivienda. c. La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto" a través del Área de Adjudicaciones del Programa Municipal de Vivienda - PROMUVI luego de evaluar los requisitos y la libre propiedad emitirá informe INCLUSIÓN DE CÓNYUGE O

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