Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2018 (16/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado

Año XXXV - Nº 14367

NORMAS LEGALES
AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL

MARTES 16 DE ENERO DE 2018

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 006-2018-EF.- Aprueban nuevos montos de la compensación económica en el marco del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1153 y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Organismos Públicos del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales 1 SALUD R.M. N° 0016-2018/MINSA.- Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud para el año 2018 7

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban nuevos montos de la compensación económica en el marco del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1153 y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Organismos Públicos del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 006-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153 y sus modificatorias, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, establece que el personal de la salud está compuesto por los profesionales de la salud y el personal técnico y auxiliar asistencial de la salud; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del citado Decreto Legislativo, la compensación económica que se otorga al personal de la salud es anual y está compuesta de la valorización principal, ajustada y priorizada; disponiéndose en el numeral 8.1 del referido artículo que la valorización principal es el ingreso económico como

concepto único que se otorga mensualmente con carácter permanente; Que, por Decreto Supremo Nº 223-2013-EF, se aprobó, entre otros, el monto mensual de la valorización principal para los profesionales de la salud, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153; Que, por su parte, mediante Decreto Supremo Nº 2862013-EF, se aprobó, entre otros, el monto mensual de la valorización principal para el personal de la salud técnico y auxiliar asistencial, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153; Que, por Decreto Supremo Nº 128-2014-EF, se aprobó, entre otros, el monto mensual de la valorización principal para los profesionales de la salud químico que presta servicio en el campo asistencial de la salud y técnico especializado de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos x, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1153, modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1162; Que, de acuerdo con el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1153, la valorización ajustada es otorgada al puesto que sea ocupado por el personal de la salud, en razón de la entidad a través de la bonificación por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3 y I-4, entre otros; Que, por Decreto Supremo Nº 260-2014-EF, se aprueba el monto mensual de la valorización ajustada por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3 y I-4; Que, de acuerdo el numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1153, la valorización priorizada, se asigna al puesto, de acuerdo a situaciones excepcionales y particulares relacionadas con el desempeño en el puesto por periodos mayores a un (1) mes; asimismo, esta modalidad de compensación se restringe al tiempo que permanezcan las condiciones de su asignación, considerándose dentro de esta modalidad los puestos en

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