Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2018 (19/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 19 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío ADM. Marco Antonio ROBLEDO Tirado, CIP. 01813791, DNI. 43589972, para que se desempeñe como docente en el Programa de Instructores Internacionales, a realizarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), Fuerte Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 22 de enero de 2018 al 21 de enero de 2020; así como, autorizar su salida del país el 21 de enero de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo (ida): Lima - Columbus (Estados Unidos de América) US$. 3,652.47 x 3 personas (titular, esposa e hijo) US$. 10,957.41 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 6,416.28 / 31 x 10 días (enero 2018) US$. 2,069.77 US$. 6,416.28 x 11 meses (febrero - diciembre 2018) US$. 70,579.08 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 6,416.28 x 2 compensaciones US$. 12,832.56 ------------------------TOTAL A PAGAR: US$. 96,438.82

el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Oficial Superior, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El citado Oficial Superior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1607933-2

Autorizan viajes de oficiales Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0069-2018 DE/FAPLima, 17 de enero de 2018

FAP

a

Visto, el FAX N° 0148-AGARG de fecha 27 de noviembre de 2017 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina y Concurrente en la República Oriental de Uruguay y el Oficio NC-50-DEPE-N° 1405 de fecha 20 de diciembre de 2017 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 122-2013 DE/FAP de fecha 03 de abril de 2013; se autoriza el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Teniente FAP MARIA FERNANDA SIERRA CORDOVA y el Teniente FAP LUIS ÁNGEL SIMÓN CUEVA, para que participen en el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingeniería Electrónica", en el Instituto Universitario Aeronáutico en la Ciudad de Córdova ­ República de Argentina, del 10 de abril de 2013 al 31 de diciembre de 2017; Que, mediante el FAX N° 0148-AGARG de fecha 27 de noviembre de 2017, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina y concurrente en la Republica Oriental de Uruguay, informa el avance y rendimiento académico de la Teniente FAP MARIA FERNANDA SIERRA CORDOVA y el Teniente FAP LUIS ÁNGEL SIMÓN CUEVA, concursantes en la carrera de Ingeniería Electrónica indicando que los mencionados oficiales han finalizado las actividades de Prácticas Profesionales Supervisadas y han iniciado el Trabajo final de Grado; asimismo, informa que para poder concluir el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingeniería Electrónica", deben rendir y aprobar los exámenes finales hasta el mes de febrero de 2018; Que, mediante el NC-50-DEPE-N° 1405 de fecha 20 de diciembre de 2017, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autoriza la ampliación de permanencia en el extranjero del Personal Militar FAP, que se detalla en la parte resolutiva, para que concluyan el "Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingeniería Electrónica" en el Instituto Universitario Aeronáutico en la Ciudad de Córdova - República de Argentina, del 01 de enero al 28 de febrero de 2018;

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder

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