Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2018 (24/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de enero de 2018 /

El Peruano

Cuarta.- Publicar la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad de El Agustino (www. mdea.gob.pe) POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1608790-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban el Plan Municipal de Lucha contra la Corrupción en la Municipalidad Distrital del Rímac 2018
ORDENANZA Nº 527-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO, El Concejo Municipal del Rímac en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de enero de 2018, Informe Nº 002-2018-GAJ-MDR de fecha 08 de enero de 2018, Informe Nº 003-2018-GPP/MDR de fecha 09 de enero de 2018 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, acciones que deben realizarse con total probidad e integridad y con respeto a los valores fundamentales que rigen la función pública; Que, la lucha contra la corrupción es un mandato constitucional que se desprende de los artículos 39 y 41 de la Constitución Política del Perú, lo que ha sido reafirmado en el Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio de 2002 que establece como Política de Estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente (política 24), así como la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción en todas sus formas (política 26); Que, el artículo 55 de la Constitución Política del Perú establece que los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional; Que, el Estado peruano mediante Decreto Supremo Nº 012-97-RE ratifica la Convención Interamericana contra la Corrupción y, a través del Decreto Supremo Nº 075-2004RE ratifica la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción; asimismo, el Perú se ha comprometido a la ejecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de Naciones Unidas, entre los que destaca "Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles" (objetivo 16), que tiene como metas reducir sustancialmente la corrupción y el soborno en todas sus formas, y crear instituciones eficaces, responsables y transparentes a todos los niveles; Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, con el objeto de

consolidar los esfuerzos desarrollados en una Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, con la finalidad de orientar a través de lineamientos generales y específicos, las acciones y estrategias que despliega el Estado a través del instrumento de gestión que configura el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como aquellos planes o instrumentos de gestión conexos a la política nacional; Que, el artículo 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establece que es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo a la presente norma, cuya implementación y ejecución deben realizarla en el marco de sus competencias; Que, en ese sentido, es necesario contar con un Plan Municipal de Lucha contra la Corrupción que permita materializar e implementar la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción en la Municipalidad Distrital del Rímac, y de esta forma coadyuvar con el cumplimiento de los objetivos nacionales planteados para la erradicación de la corrupción en todas sus formas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC PARA EL PERÍODO 2018-2019 Artículo Primero.- Aprobar el Plan Municipal de Lucha contra la Corrupción en la Municipalidad Distrital del Rímac 2018, que en anexo forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer que todos órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital del Rímac cumplan lo establecido en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los nueve días del mes de enero del año dos mil dieciocho. ENRIQUE PERAMAS DÍAZ Alcalde 1608779-1

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Ordenanza que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al Ejercicio 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 236-2017-MDSL/C San Luis, 27 de octubre de 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha 27 de Octubre del 2017, el Informe Nº 077-2017-MDSL/ GAT de fecha 25 de Octubre del 2017 e Informe Nº 0357-

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