Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2018 (25/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Jueves 25 de enero de 2018 /

El Peruano

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un Organismo Técnico Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y los Decretos Supremos N° 0582011-PCM y N° 067-2012-PCM; Que, el Numeral 71.1 del Artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF (en adelante, el TUO), establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales (POI) y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el Numeral 71.2 del Artículo 71 del TUO, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, asimismo en el Numeral 71.3 del Artículo 71 del TUO, señala que los Planes Operativos Institucionales reflejan las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir con las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, el Artículo 18 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN/PCD y sus modificatorias, establece que el POI es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que toma como base la información generada en el Plan Estratégico Institucional. Este documento desagrega las acciones estratégicas identificadas en el PEI en actividades para un periodo determinado; asimismo, el citado artículo dispone que el POI se elabora para un periodo de 1 año y es aprobado por el titular de la entidad; Que, el Literal a) del Artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, establece como una de las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, dirigir y orientar la planificación estratégica, programática y operativa de la institución, en coherencia con la política y prioridades nacionales y de la gestión institucional; Que, mediante documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el Plan Operativo Institucional del CONCYTEC 2018, ha sido elaborado con la participación de los responsables de las metas presupuestales y en coordinación con la Oficina General de Administración, guardando coherencia con lo establecido en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con la cual se aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y cumpliendo el marco legal aplicable, por lo que solicita su aprobación; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley

General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Reglamento de Organizaciones y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1609857-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Autorizan realización del Concurso Público para la designación de vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2018-OEFA/CD Lima, 23 de enero de 2018 VISTOS: El Informe N° 94-2017-OEFA/TFA-ST, emitido por el Secretario Técnico del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, el Informe N° 572-2017-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental ­a cargo de las diversas entidades del Estado­ se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, los Numerales 10.2 y 10.4 del Artículo 10° de la Ley Nº 29325, establece que el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento es regulado por el OEFA; asimismo, señala que los vocales son elegidos previo concurso público, por resolución de Consejo Directivo, por un período de cuatro (4) años, desempeñando el cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, el Numeral 10.3 del Artículo 10° de la Ley N° 29325, establece que para ser vocal del Tribunal de

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