Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2018 (25/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 25 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

27

Fiscalización Ambiental se requiere ser profesional no menor de treinta y cinco años de edad, tener un mínimo de cinco años de titulado, contar con reconocida y acreditada solvencia profesional, así como contar con una amplia experiencia en las materias que configuran el objeto de competencia del OEFA de acuerdo a cada especialidad; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 016-2017-OEFA/CD se estableció que el Tribunal de Fiscalización Ambiental cuenta con una (01) Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera, conformada por cuatro (04) vocales, asimismo se detalló su respectiva conformación; Que, por su parte, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 029-2017-OEFA/CD, se aprueba el Reglamento del Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, el cual establece las disposiciones que regulan el concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental; Que, el Artículo 2° del Reglamento antes citado, establece que mediante Resolución de Consejo Directivo: (i) se autoriza la realización del concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria; y, (ii) se aprueban las Bases del Concurso Público; Que, mediante los documentos de la referencia se sustenta la necesidad de contar con dos (02) vocales adicionales, en atención a que habiendo transcurrido tres (03) años desde la vigencia del Artículo 19° de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país ­que dispuso que el OEFA privilegiaría las acciones orientadas a la prevención y corrección de la conducta infractora en materia ambiental, tramitando excepcionalmente procedimientos sancionadores­ el OEFA ha recuperado su facultad sancionadora, previéndose un incremento considerable de procedimientos administrativos sancionadores que serían apelados ante el Tribunal de Fiscalización Ambiental; Que, mediante Acuerdo Nº 003-2018 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 002-2018 del 16 de enero de 2018, el Consejo Directivo del OEFA autorizó la realización del Concurso Público para la designación de vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria, así como aprobar las Bases del Concurso Público, con el propósito de difundir oportunamente las reglas del referido proceso de selección, razón por la cual resulta necesario formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Secretario Técnico del Tribunal de Fiscalización Ambiental; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Reglamento del Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 029-2017-OEFA/CD, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) y o) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la realización del Concurso Público para la designación de vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria, la cual como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar las Bases del Concurso Público para la designación de vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera

del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, la cual como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1609907-1

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban prioridades de investigación identificadas por cuarenta y cinco Áreas Naturales Protegidas del SINANPE
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 299-2017-SERNANP Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTO: El Informe N° 771-2017-SERNANP-DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico, a través del cual se identificaron aquellas investigaciones prioritarias de las Áreas Naturales Protegidas. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los incisos g) e i) del artículo 2° de la Ley N° 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas, la protección de las mismas tiene como objetivos: servir de sustento, proporcionar medios y oportunidades para el desarrollo de la investigación científica; Que, el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM, señala que la investigación científica es considerada como uno de los objetivos de creación de las Áreas Naturales Protegidas y como una actividad inherente al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE y su gestión; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2015-MINAM, publicado el 23 de setiembre del 2015, se declara de interés nacional el desarrollo de investigaciones al interior de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, determinándose su gratuidad, así como los procedimientos de aprobación automática y evaluación previa para su otorgamiento; Que, a través de la Resolución Presidencial Nº 287-2015-SERNANP del 23 de diciembre del 2015, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de investigación, señalando que las investigaciones prioritarias son aquellas de cuyo desarrollo depende el cumplimiento de objetivos de gestión del SINANPE en su conjunto y para las Áreas Naturales Protegidas de manera individual; Que, la precitada Resolución Presidencial establece como responsabilidad de la Dirección de Desarrollo Estratégico: identificar las prioridades de identificación a nivel sistema de áreas protegidas, mientras que la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas da seguimiento a la implementación, por parte de las jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas, de las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.