Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2018 (25/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 25 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Designan Gestor de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 030-2018-SENACE/JEF Lima, 24 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, con Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, el cual establece una nueva estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de asesoramiento y órganos de línea; Que, el literal k) del Artículo 11° del citado Reglamento, establece que corresponde al Jefe Institucional, designar a sus funcionarios de confianza y nombrar a sus servidores públicos; Que, se encuentra vacante el cargo de Gestor de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, cargo considerado como Empleado de Confianza, según lo establecido en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 016-2018-MINAM; por lo que resulta necesario designar al servidor que ocupará dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el literal k del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JOSÉ ALEJANDRO ZEGARRA, en el cargo de Gestor de Proyectos de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor JOSÉ ALEJANDRO ZEGARRA, para conocimiento y a la Unidad de Recursos Humanos para los fines correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano; y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace 1609849-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Uganda, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 023-2018/SUNAT Lima, 22 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que mediante la Carta N° 17.FL-0445E/A.M. de fecha 17 de agosto de 2017 la Secretaría General de la Organización Mundial de Aduanas ­ OMA cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la 4ta Conferencia Global sobre el Operador Económico Autorizado - OEA, "Promoviendo el reconocimiento mutuo del OEA para fortalecer y asegurar el comercio mundial", evento que se llevará a cabo en la ciudad de Kampala, República de Uganda, del 14 al 16 de marzo de 2018; Que la importancia de los programas OEA radica en la facilitación de la cadena de suministro comercial internacional y el cruce de fronteras; Que, la referida conferencia tiene como objetivo reunir a las administraciones aduaneras, la comunidad empresarial, el gobierno y los responsables políticos multilaterales, así como a representantes del ámbito legal y académico, para discutir los éxitos y desafíos de las Aduanas y el sector privado en la implementación de los programas OEA; Que, asimismo, el programa de la referida conferencia facilitará el debate sobre la colaboración interinstitucional y el reconocimiento de los operadores validados por las diferentes aduanas; Que, adicionalmente, con ocasión del citado evento, se tiene previsto que la SUNAT suscriba el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Programas del Operador Económico Autorizado con la Dirección Nacional de Aduanas de la República Oriental del Uruguay; Que la participación de la SUNAT en el referido evento se enmarca dentro de los objetivos estratégicos institucionales de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, y de reducir los costos de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico Electrónico N° 00001-2018-313100 de fecha 16 de enero de 2018, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Blanca Luisa Barandiarán Asparrín, Gerente (e) de Operadores y Atención a Usuarios de la Intendencia Nacional de Control Aduanero, y Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;

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