Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2018 (25/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 25 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 4.- PUBLICAR la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO SILVA SOLOGUREN Director Nacional (e) 1609713-1

"La Biblioteca Nacional del Perú dictará las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo; además, adecuará sus documentos de gestión a lo establecido en el presente Reglamento de Organización y Funciones - ROF dentro de los siguientes ciento veinte (120) días calendario contados desde su entrada de vigencia." Que, en atención a ello, mediante Memorando N° 0562018-BNP/ODT de fecha 19 de enero de 2018, la Oficina de Desarrollo Técnico propuso un cuadro de equivalencias entre los órganos establecidos en el ROF derogado y los señalados en el ROF vigente (en adelante, Cuadro de Equivalencias), remitiendo para ello la opinión técnica de su Área de Planificación contenida en el Informe N° 0082018-BNP/ODT-APL de fecha 19 de enero de 2018; Que, a través de la Nota Informativa N° 18-2018BNP/OA de fecha 22 de enero de 2018, la Oficina de Administración emitió opinión favorable respecto del Cuadro de Equivalencias, adjuntando para ello, el Informe N° 42-2018-BNP/OA-APER de fecha 22 de enero de 2018, emitido por su Área de Personal. Asimismo, recomendó a la Dirección Nacional, evaluar y realizar los encargos correspondientes a los órganos de la nueva estructura organizacional de la entidad, atendiendo a lo dispuesto en el ROF vigente; y, en tanto se apruebe el Cuadro de Asignación de Personal Provisional; Que, mediante Informe N° 21-2018-BNP/OAL de fecha 23 de enero de 2018, la Oficina de Asesoría Legal encontró legalmente viable que el titular de la entidad emita el acto resolutivo por el cual se apruebe el Cuadro de Equivalencias de los órganos que conforman la nueva estructura organizacional de la entidad; así como los encargos respectivos; dejando sin efecto las designaciones y encargos otorgados en mérito al ROF derogado; Con el visado de la Oficina de Desarrollo Técnico, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Legal; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 0012018-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú; y demás normativa pertinente; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Cuadro de Equivalencias conforme a la estructura orgánica contemplada en el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2018-MC, conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- APROBAR el encargo de los órganos que conforman la nueva estructura orgánica de la Biblioteca Nacional del Perú, conforme al Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- DEJAR SIN EFECTO las designaciones y encargos de los órganos de la Alta Dirección; y de los órganos de asesoramiento, de apoyo, y de línea, conforme al Anexo N° 3 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral Nacional N° 008-2018-BNP de fecha 22 de enero 2018, a través de la cual se resolvió encargar con eficacia anticipada al 01 de enero de 2018 diversas Direcciones Ejecutivas de la Biblioteca Nacional del Perú contempladas en la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2002-ED. Artículo 5.- PUBLICAR la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO SILVA SOLOGUREN Director Nacional (e) Biblioteca Nacional del Perú 1609709-1

Aprueban Cuadro de Equivalencias conforme a la estructura orgánica contemplada en el Reglamento de Organización y Funciones de la BNP, y emiten otras disposiciones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 013-2018-BNP Lima, 23 de enero de 2018 VISTOS: el Memorando N° 056-2018-BNP/ODT de fecha 19 de enero de 2018, emitido por la Oficina de Desarrollo Técnico; el Informe N° 008-2018-BNP/ODTAPL de fecha 19 de enero de 2018, emitido por el Área de Planificación de la Oficina de Desarrollo Técnico; la Nota Informativa N° 18-2018-BNP/OA de fecha 22 de enero de 2018, emitido por la Oficina de Administración; el Informe N° 42-2018-BNP/OA-APER de fecha 22 de enero de 2018, emitido por el Área de Personal de la Oficina de Administración; el Informe N° 021-2018-BNP/ OAL de fecha 23 de enero de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el 07 de setiembre de 2002 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 024-2002-ED que aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas (en adelante, ROF derogado); Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General el cual dispone que los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones de su Título Preliminar y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, el artículo 82 del referido Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, dispone que, "(...). 82.2 El suplente sustituye al titular para todo efecto legal, ejerciendo las funciones del órgano con la plenitud de los poderes y deberes que las mismas contienen (...)"; Que, el artículo 3 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, sobre el régimen jurídico y autonomía de la entidad, dispone lo siguiente: "La Biblioteca Nacional del Perú tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera y ajusta su actuación a lo dispuesto en la presente ley y a la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y normas aplicables que regulan el sector cultura"; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 30570, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2017-MC, dispone que el titular de la entidad se encuentra facultado para aprobar los actos que resulten necesarios para dar cumplimiento a las funciones establecidas en la referida normativa; Que, a través del Decreto Supremo N° 001-2018-MC publicado el 11 de enero de 2018 en el diario oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú (en adelante, ROF vigente), el cual deja sin efecto el ROF derogado, modifica la estructura organizacional de la entidad; y, dispone en su Primera Disposición Complementaria que la Biblioteca Nacional del Perú adecuará sus documentos de gestión en un plazo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del 12 de enero de 2018, conforme se indica a continuación:

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