Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2018 (25/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de enero de 2018 /

El Peruano

cada provincia, los cuales sesionarán como mínimo dos veces al año en la ciudad de Huancavelica o en otras provincias o cuando se requiera, sin afectar las acciones educativas. · El Equipo Coordinador, será elegido entre los representantes titulares de las siete (7) provincias, en Asamblea General, y estará integrado por: 1. Coordinador General. 2. Sub Coordinador. 3. Coordinador de actas y organización. 4. Once (11) delegados provinciales, representantes de su Consejo Consultivo. Artículo Sexto.- INSTITUCIONALIZAR la realización del "Congreso Regional de Niñas, Niños y Adolescentes" en el marco de la celebración del aniversario de la Convención sobre los derechos del niño, durante el mes de noviembre de cada año. Artículo Séptimo.- Una vez aprobado el Reglamento, así como realizadas las elecciones y la instalación del CCONNA HUANCAVELICA, este empezará a desarrollar sus funciones oficialmente desactivándose la Comisión Organizadora. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil diecisiete. LUCHA ANYOSA ESCOBAR Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1608683-2

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Establecen disposiciones para la celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2018-A/MDC Carabayllo, 12 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: VISTO: El Proveído del Despacho de Alcaldía Nº 050-2018 de fecha 10 de enero del 2018, que remite el Informe Nº 0012018-SG/MDC de fecha 08 de enero de 2018, emitido por el Gerente de Secretaria General mediante el cual propone las fechas de realización para la Celebración de los Matrimonios Civiles Comunitarios, programados en determinados días festivos durante el año 2018; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad de lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado modificado

por la ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional de la Constitución Política del Perú - Artículo 194º primer párrafo y el Artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia Que, en el Artículo 233º del Código Civil se señala que la situación jurídica de la familia debe ser normada con la finalidad de contribuir a la consolidación y a su fortalecimiento en armonía con los preceptos constitucionales. El Artículo 259º del Código Civil establece que el Matrimonio Civil se celebra en la Municipalidad, públicamente ante el Alcalde que ha recibido la declaración, compareciendo los contrayentes en presencia de los testigos mayores de edad y vecinos del lugar; Que, es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección de la familia, que el marco jurídico exige y en armonía a lo consagrado por el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser Instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es objetivo de la presente Gestión Municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a su consolidación, fortalecimiento y protección como Célula Básica de la Sociedad, en armonía a nuestro ordenamiento jurídico; Que, con ocasión de celebrarse determinados días festivos en el Distrito de Carabayllo, se ha programado la realización de diversas actividades para desarrollarse conforme al Plan Operativo Institucional ­ POI de la Municipalidad dentro de las cuales se ha programado desarrollar tres (3) Matrimonios Civiles Comunitarios, al margen de los que pudieran solicitar las Organizaciones vecinales y/o sociales de base, con ocasión de la celebración de sus Aniversarios durante el presente año; Que, para la realización de los Matrimonios Civiles Comunitarios, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoría, por la carencia de recursos económicos y/o falta de presentación de documentos oportunamente, no han formalizado su unión, por lo que se les debe dispensar de ser el caso de la publicación de los Edictos Matrimoniales que pudieran solicitarse en su oportunidad, a tenor de los dispuesto en el Artículo 252º del Código Civil; Que, mediante el Informe Nº 021-2017-AM-SG/MDC, la encargada del Área de Matrimonios, informa al Secretario General que siendo prioritario atender las necesidades sociales de los pobladores del distrito se propone la celebración de tres matrimonios civiles comunitarios durante el año 2018 y describe las necesidades para la realización de los mismos. Que, mediante Ordenanza Municipal No. 192-A/ MDC de fecha 19 de febrero de 2010, se estableció que el Matrimonio Civil Comunitario los contrayentes abonen como pago por Pliego Matrimonial y Derecho de Ceremonia el importe de S/.50.00 (cincuenta con 00/100 soles). La Primera Disposición Final de la mencionada ordenanza, establece que se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca la prorroga correspondiente y dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, estando a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 192-A/MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y el Artículo 252º del Código Civil, con el visto bueno de Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, Gerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA: Artículo Primero.- CELEBRAR los Matrimonios Civiles Comunitarios, a realizarse en los diversos sectores en el Distrito en conmemoración a los días festivos durante el año 2018 conforme se detalla a continuación: - Primer Matrimonio : 10 de Marzo - Por el Día Internacional de la Mujer

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