Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2018 (25/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de enero de 2018 /

El Peruano

autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa. Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2011MIMDES, se aprueba la Política Nacional en relación a las Personas Adultas Mayores, que tiene dentro de sus objetivos prioritarios, mejorar la calidad de vida de la población adulta mayor y la creación de un entorno social favorable para las personas adultas mayores, que potencien su desarrollo y favorezcan el ejercicio de sus derechos. Que, mediante la Ley N° 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor se establece un marco normativo para garantizar el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación. Que, a través del Decreto Supremo N° 0022013-MIMP se aprueba el "Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017", con el objeto de implementar acciones coordinadas entre las organizaciones gubernamentales y la sociedad civil a fin de aumentar la participación e integración social del adulto mayor, a través del incremento en la cobertura y calidad de los servicios de salud, la garantía de una asistencia alimentaria y nutricional y la generación de oportunidades para una vida armónica con su familia y su comunidad. Que, mediante Resolución Ministerial N° 906-2006MIMDES, se modifica el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 513-2014-MIMDES, mediante la cual se creó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, norma que en su artículo 10° establece la composición de las Redes Regionales. Que, por Resolución Ministerial N° 095-2017-MIMP resuelve la Constitución, Estructura y Conformación de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, Conformación de las Mesas Regionales, Provinciales y Distritales, cuyo Objetivo es contribuir acciones para la implementación y ejecución de las medidas contenidas en el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017, articulando acciones interinstitucionales e intergubernamentales para ejecutar planes y programas en beneficio de la población adulta mayor a través del desarrollo de los distintos componentes, estrategias y mecanismos a las personas adultas mayores. Que, el Artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto mayoritario de sus miembros; ORDENA:

- La Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Las Municipalidades Provinciales de la Región Huancavelica. - La Dirección Regional de Salud. - La Dirección Regional de Educación. - La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - Representante acreditado/a de ESSALUD. - Representante acreditado/a de la Policía Nacional del Perú. - Representante acreditado/a de la Defensoría del Pueblo. - Representante acreditado/a de la Corte Superior de Justicia. - Representante acreditado/a de la Junta de Fiscales Superiores. - Representante acreditado/a del Empresariado Regional. - Representante acreditado/a de las Organizaciones de Personas Adultas Mayores registrado en el MIMP. - Representante acreditado/a del Programa Nacional Pensión 65. - Representante acreditado/a de la Sociedad de Beneficencia Pública Huancavelica. - Representante acreditado/a Centro de Desarrollo Integral Familiar CEDIF. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y las Gerencias Regionales integrantes de la Comisión Multisectorial la implementación y monitoreo, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la elaboración del Reglamento Interno, Plan de Trabajo y demás documentos de gestión, los mismos que serán aprobados mediante Decreto Regional, debiendo dar cuenta de ello al Consejo Regional de Huancavelica. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, actuará como Secretaría Técnica de la Mesa Regional de las Personas Adultas Mayores, y recibirá asistencia técnica de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP. Artículo Sexto.- ESTABLECER que el financiamiento de la Mesa Regional de las Personas Adultas Mayores corresponderá a cada una de las entidades e instancias pertinentes, quedan sujetas a su presupuesto institucional autorizado de conformidad con sus prioridades, objetivos y metas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Comuníquese al señor Gobernador Regional, para su Promulgación. En Huancavelica, a los tres días del mes de agosto del dos mil diecisiete. LUCHA ANYOSA ESCOBAR Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

Artículo Primero.- APROBAR la conformación de la "Mesa Regional de la Red Nacional de Personas Adultas: Mayores de la Región Huancavelica", como un instrumento de gestión que plasma el trabajo articulado y concertado la política nacional en relación a las personas Adultas Mayores. Artículo Segundo.- CONFORMAR la Mesa Regional de las Personas Adultas Mayores que se encargará de apoyar, velar, articular y desarrollar acciones preventivas promocionales y mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores en el ejercicio de sus derechos, en el marco de la normatividad vigente, estamento que estará conformado por las siguientes instituciones: - El Gobernador Regional de Huancavelica (quien la presidirá). - La Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien estará encargada de la secretaría técnica.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a diecisiete días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1608683-1

Aprueban la constitución del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL Nº 385-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 4 de octubre de 2017

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