Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2018 (30/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 30 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Aprueban Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2018
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0004-2018-EF/50.01 Lima, 29 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332 y modificatorias, se creó el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; ii) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país; iv) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir riesgos de desastres; Que, el literal c) del artículo 19 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas al financiamiento de los fines del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 800 000 000,00); asimismo, dispone que la incorporación de los referidos recursos en los gobiernos locales se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 367-2017-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2018, disponiéndose en su artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Asimismo, en sus Anexos N° 02 y N° 03 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2018, respectivamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.1 del artículo 8 de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 367-2017-EF, la evaluación del cumplimiento de las metas se efectúa de acuerdo a las consideraciones establecidas en los Instructivos que se elaboran para tal fin, los cuales son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en ese sentido, resulta pertinente aprobar los citados Instructivos con los lineamientos específicos que deberán seguir las municipalidades para el cumplimiento de cada una de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2018; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Supremo Nº 367-2017-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2018, correspondientes a las metas 01 al 14, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del año 2018, y metas 15 al 30 cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2018; los mismos que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, los Instructivos aprobados por el artículo 1 de la presente Resolución, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob. pe en la misma fecha de publicación de la norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora General Dirección General de Presupuesto Público 1611491-1

EDUCACION
Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 318-2017-MINEDU, que designa a responsables de entregar la información solicitada al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 032-2018-MINEDU Lima, 29 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0432003-PCM, en adelante la Ley, establece que la finalidad de la Ley es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3 de la Ley establece, entre otros, que los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se refiere la Ley; asimismo, el último párrafo del numeral 3 del citado artículo señala que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, por su parte, el artículo 4 del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003PCM, dispone que las entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley; asimismo, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 191 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, señala que la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana es el órgano desconcentrado del Ministerio de Educación responsable, entre otros, del servicio educativo y de los programas de atención integral en el ámbito de su jurisdicción; así como, de evaluar y supervisar a las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana, que constituyen instancias de gestión educativa descentralizada de dicha Dirección Regional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 318-2017-MINEDU se designó a las personas responsables de entregar la información solicitada al amparo de la Ley en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana;

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