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51 NORMAS LEGALES Jueves 1 de febrero de 2018 El Peruano / DIRECCION DE ESTUDIOS ESPECIALES 1 2 15 21 39 DIRECCION DE EQUIPO MECANICO 6 13 37 56DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE 1 1 4 8 1 4 DIRECCION DE REGULACION Y NORMATIVIDAD 1 2 7 10 20 DIRECCION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE 1 3 5 19 28 DIRECCION DE CIRCULACION Y SEGURIDAD VIAL 1 7 11 36 55DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS SOCIO AMBIENTALES 1 1 3 3 8 DIRECCION DE GESTION AMBIENTAL 1 1 4 4 10 DIRECCION DE GESTION SOCIAL 1 1 4 3 9DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES EN TRANSPORTES 1 9 5 1 5 DIR. GRAL. DE REGULACION Y ASUNTOS INTERNAC. DE COMUNICACIONES 1 5 4 8 1 8 DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES EN COMUNICACIONES 1 5 1 9 2 1 4 6 DIRECCION GENERAL DE AUTORIZACIONES EN TELECOMUNICACIONES 1 3 1 9 1 9 4 2 DIRECCION GENERAL DE CONTROL Y SUPERVISION DE COMUNICACIONES 1 12 24 39 76 SECRETARIA TECNICA DEL FITEL 1 10 2 13 PROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACIÓN Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 Y SEXTOS JUEGOS PARAPANAMERICANOS 1 1 TOTAL 4 58 1 121 282 709 1,175 TOTAL OCUPADOS 993 TOTAL PREVISTOS 182 TOTAL GENERAL 1,175 CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD ENTIDAD : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES CLASIFICACION FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE 1 6 32 TOTAL GENERAL 39 1611871-1 Aprueban texto de la Adenda N° 01 al Contrato de Constitución de derecho de Servidumbre de Ocupación, Paso y Tránsito con la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. - CÁLIDDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2018 MTC/01.02 Lima, 30 de enero de 2018 VISTOS: Las Cartas s/n de fechas 12 de julio, 13 de octubre, 23 de noviembre, 06 de diciembre y 13 diciembre de 2017, 05 y 30 de enero de 2018 de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. - CÁLIDDA; los Informes N° 810-2017-MTC/25, N° 1178-2017-MTC/25 y los Memorandas N° 0234-2018-MTC/25 y N° 0436-2018-MTC/25 de la Dirección General de Concesiones en Transportes; los Memorandos N° 1067-2017-MTC/12.04, N° 922-2017-MTC/12.08 y N° 878-2017-MTC/12.04 y los Informes N° 898-2017-MT/12.04.AGA, N° 963-2017-MTC/12.04 y N° 829-2017-MTC/12.04.AGA de la Dirección General de Aeronáutica Civil; los Memorándum N° 1151-2017-MTC/10.05, N° 1161-2017-MTC/10.05, N° 1227-2017-MTC/10.05 y N° 1379-2017-MTC/10.05 y los Informes N° 0828-2017-MTC/10.05, N° 034-2017-MTC/10.05.EPP, N° 042-2017-MTC/10.05.EPP, N° 046-2017-MTC/10.05.EPP y N° 004-2018-MTC/10.05.ECN de la Ofi cina General de Administración, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 103-2000- EM, se dispuso, entre otros, otorgar a la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y dicha Empresa, el cual se aprobó a través del artículo 2 de la misma Resolución Suprema; Que, con fecha 09 de diciembre de 2000, Transportadora de Gas del Perú S.A. y el Estado Peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas, suscribieron el Contrato BOOT de Concesión para el diseño, suministro de bienes y servicios y construcción del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, la explotación de los bienes de la Concesión, en adelante el Contrato BOOT; Que, con fecha 14 de febrero de 2001, la empresa Lima Airport Partners S.R.L. y el Estado de la República del Perú, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribieron el Contrato de Concesión para la Construcción, Mejora, Conservación y Explotación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, en adelante el Contrato de Concesión, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.1 de la Cláusula 11 del citado Contrato de Concesión; Que, por Resolución Suprema N° 015-2002-EM, se estableció, entre otros, autorizar la cesión de posición contractual del Contrato BOOT entre Transportadora de Gas del Perú S.A., en calidad de cedente y la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.Ltda., en adelante CÁLIDDA, en calidad de cesionaria; Que, mediante Resolución Directoral N° 276-2003-