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66 NORMAS LEGALES Jueves 1 de febrero de 2018 / El Peruano Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Luis Miguel Stigler Flores, en el cargo de Director de la O fi cina de Prensa y Comunicaciones de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1612527-2 Designan Directora de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 034-2018-VIVIENDA Lima, 31 de enero de 2018CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 403-2017-VIVIENDA, se designa al señor Omar Antonio Terrones Carrera, en el cargo de Director de la O fi cina de Imagen Institucional de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el citado señor ha presentado su renuncia al cargo que viene desempeñando, correspondiendo aceptarla, así como designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Omar Antonio Terrones Carrera, al cargo de Director de la Ofi cina de Imagen Institucional de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Andrea Margianna Barreto Campos, en el cargo de Directora de la O fi cina de Imagen Institucional de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1612527-3 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras pertenecientes a los Gobiernos Regionales y del Gobierno Nacional para el financiamiento de prestaciones de salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 016-2018/SIS Lima, 30 de enero de 2018VISTOS: El Informe N° 003-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA con Proveído Nº 052-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de la Transferencia a Unidades Ejecutoras pertenecientes a los Gobiernos Regionales y del Gobierno Nacional que brindan servicios o prestaciones de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Informe N° 004-2018-SIS/OGPPDO-NAM con Proveído N° 014 -2018-SIS/OGPPDO que contiene la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 228-2018, emitida por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 22-2018-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se re fi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados, las mismas que deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y, publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del SIS, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe la entidad requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables; de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA, dispone que los Convenios suscritos por el SIS con las IPRESS públicas, además de las condiciones mínimas establecidas por la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, deben contener las condiciones particulares para la prestación del servicio, coberturas, entre otros aspectos; Que, el artículo 15 del mencionado Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163 dispone que el SIS establece la distribución de los montos transferidos a las unidades ejecutoras para cubrir los gastos de gestión y reposición; Que, conforme a las cláusulas establecidas en los Convenios para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en Hospitales y/o Institutos Especializados y de los establecimientos de primer nivel de atención, la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, ha procedido a realizar el cálculo de los importes a transferir a las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de Gobierno Nacional y mediante Informe N° 003-2018-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 052-2018-SIS/GNF propone que se realice la transferencia de los recursos fi nancieros por el monto ascendente a S/ 123 943 457.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y siete con 00/100 soles), correspondiente a las obligaciones pendientes que el SIS mantenía con las unidades ejecutoras de los Gobiernos Regionales y del Gobierno Nacional hasta el cierre del mes de octubre 2017, de acuerdo a la disponibilidad de los créditos presupuestarios; Que, en la Cláusula Séptima de los referidos Convenio se establece entre otros las especí fi cas y conceptos donde deben ser ejecutados los recursos que se trans fi eren, la misma que fue modi fi cada con la Resolución Jefatural N° 275-2017/SIS; así como, el porcentaje de los recursos que deben ser destinados a la adquisición de productos