Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2018 (14/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de febrero de 2018 /

El Peruano

denominada "Procedimiento para la Generación y Restauración de Copias de Seguridad de los Repositorios de Documentos Digitalizados del Expediente Judicial Electrónico". CONSIDERANDO: Primero. Que, la Resolución Ministerial Nº 246-2007PCM de fecha 22 de agosto de 2007, aprobó el uso de la Norma Técnica Peruana "NTP-SIO/IEC 17799:2007 EDI. Tecnología de la Información. Código de buenas prácticas para la gestión de la seguridad de la información 2º Edición", por parte de las entidades públicas integrantes del Sistema Nacional de Informática. Segundo. Que la citada Norma Técnica refiere que la Política de Seguridad de la Información tiene como objeto dirigir y dar soporte a la gestión de seguridad de la información, en concordancia con los requerimientos de la institución, las leyes y las regulaciones; debiendo la alta Dirección establecer los lineamientos de la política de actuación y manifestar su apoyo y compromiso a la seguridad de la información, publicando y manteniendo una política de seguridad en toda la organización. Tercero. Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución ministerial antes citada, mediante Resolución Administrativa Nº 148-2010-P-PJ, la Presidencia del Poder Judicial aprobó la "Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial", estableciendo como política reconocer que los recursos de información son activos vitales de la organización; y deben usarse medidas prudentes para proteger estos activos contra accidentes o daños, modificación, destrucción o divulgación no autorizada; así como, asegurar la integridad de datos, confiabilidad y disponibilidad. La referida normativa fue reemplazada por la Resolución Administrativa Nº 121-2016-P-PJ. Cuarto. Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 129-2012-PCM, se estableció un nuevo cronograma y la incorporación del rol del oficial de seguridad para el proceso de implementación de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2008 EDI. Tecnología de la Información Técnica de Seguridad de Sistema de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos", aprobada mediante Resolución Nº 42-2008/INDECOPICNB, por la Comisión Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); la cual fue reemplazada por la nueva versión de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO/IEC 27001:2014. Quinto. Que, la Resolución Ministerial Nº 004-2016PCM, aprobó el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2014 Tecnologías de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información. Requisitos. 2º Edición", en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática, derogando la Resolución Nº 129-2012PCM. Sexto. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 030-2016-P-PJ de fecha 28 de enero 2016, la Presidencia del Poder Judicial adecuó la conformación de los miembros del Comité de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en cumplimiento a los dispuesto en el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 004-2016-PCM. Sétimo. Que, por Resolución Ministerial Nº 166-2017PCM del 20 de junio del 2017, se aprobó la modificación del artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 004-2016PCM; referente a las funciones del Comité de Gestión de Seguridad de la Información. Octavo. Que, la Resolución Directoral Nº 056-2017-INACAL/DN de fecha 28 de diciembre de 2017, aprobó, entre otras, la "Norma Técnica Peruana NTP-ISO/ IEC 27002:2017 Tecnologías de la Información. Técnicas de seguridad. Código de prácticas para controles de seguridad de la información. 1º Edición". Noveno. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 005-2017-CE-PJ, de fecha 6 de enero de 2017, se dispuso la conformación e instalación de la Comisión de Trabajo del "Expediente Judicial Electrónico (EJE)"; y se encargó a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General que, en coordinación con los Órganos de Línea de la Gerencia General del Poder Judicial y la

Comisión de Jueces a ser designada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima -constituida luego por Resolución Administrativa Nº 023-2017-P-CSJLI/ PJ, del 11 de enero de 2017, elabore los documentos de gestión administrativa que regularán el Expediente Judicial Electrónico (EJE). Décimo. Que, por Resolución Administrativa Nº 228-2017-CE-PJ de fecha 26 de julio de 2017, se dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y el inicio del Expediente Judicial Electrónico (EJE.) en el Cuarto Juzgado Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, con las demandas que se interpongan a partir del 31 de julio de 2017; y se aprobó el "Reglamento del Expediente Judicial Electrónico" y el "Procedimiento de Ingreso de Documentos - Mesa de Partes". Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 0982018 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Procedimiento para la Generación y Restauración de Copias de Seguridad de los Repositorios de Documentos Digitalizados del Expediente Judicial Electrónico", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las resoluciones administrativas, que se opongan a la presente. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Página Web del Poder Judicial, para su debido cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1616519-3

Aprueban el "Plan de Descarga Procesal por Emergencia en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal 2018"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 054-2018-CE-PJ Lima, 24 de enero de 2018 VISTOS: El Oficio N° 025-2018-P-UETICPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, que contiene el Proyecto: "Plan de Descarga Procesal por Emergencia en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal 2018". CONSIDERANDO: Primero. Que, en mérito a la Resolución Administrativa N° 179-2017-CE-PJ, que modificó el artículo 5° e incorpora los artículos 25°A y 25°B en el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es el órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, encargado de conducir los procesos de implementación y/o consolidación del Código Procesal Penal, proponiendo, adoptando y realizando

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