Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2018 (14/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Miércoles 14 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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acciones tendientes a viabilizar la reforma procesal penal a nivel nacional; así como, la evaluación, seguimiento y monitoreo de los órganos jurisdiccionales liquidadores que tramitan los procesos penales bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940. Segundo. Que, habiéndose advertido problemas en las visitas de trabajo a los diferentes Distritos Judiciales del país, como el incremento de la carga procesal penal, carencia de personal jurisdiccional en diversas áreas del módulo penal, crecimiento demográfico poblacional, percepción de falta de credibilidad en el sistema de administración de justicia; se determina la necesidad de tomar medidas administrativas que permitan mejorar la situación de crisis que atraviesan los módulos penales a nivel nacional. Tercero. Que, conforme a la Casación N° 061-2009-La Libertad, se estableció como precedente vinculante que bajo el principio de seguridad jurídica y la propia noción de escrituralidad que incorpora el artículo 139°, inciso 5°, de la Constitución Política del Perú, para el supuesto de resoluciones judiciales, se consigne o transcriba íntegramente el acta, sin perjuicio de que conste si fuera el caso, la reproducción audiovisual. Cuarto. Que, como antecedente se tiene la Resolución Administrativa N° 029-2017-CE-PJ, que aprobó el "Plan de Descarga Procesal por Emergencia en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal", el mismo que tuvo buenos resultados durante su ejecución; habiéndose alcanzado y superado las metas propuestas. Quinto. Que, ante la situación anotada y estando a que existirían saldos presupuestales en el Programa Presupuestal 0086: "Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal", se propone ejecutar el proyecto "Plan de Descarga Procesal por Emergencia en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal 2018", el mismo que se ejecutará en dos tramos, con el fin de descongestionar la carga procesal penal en los Distritos Judiciales del país, optimizando el tiempo en la realización de audiencias y propiciando las jornadas maratónicas en los juzgados, con el fin de atender los casos penales dentro de los plazos legales establecidos; requiriéndose para el primer tramo, de manera excepcional, la contratación de personal jurisdiccional y administrativo por el periodo de dos meses, comprendido entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2018, quienes trabajarán en las instalaciones de los módulos penales, bajo la dirección del Administrador de la referida dependencia; debiendo cumplir con las actividades específicas que permita lograr los objetivos y metas trazadas. Sexto. Que, este Poder del Estado, tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva. Por lo que, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito, reiterándose que el personal contratado es exclusivo para actividades jurisdiccionales y administrativas relacionadas a la aplicación del Código Procesal Penal bajo la dirección del Administrador del Módulo Penal Central, debiendo cumplir actividades específicas que permita lograr los objetivos del presente plan de descarga procesal. Sétimo.- Que, los servidores contratados deberán reunir los perfiles establecidos en el "Manual de Organización y Funciones de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes Superiores de Justicia", aprobado mediante Resolución Administrativa N° 082-2013-CE-PJ, de fecha 15 de mayo de 2013, siendo importante señalar que deberá considerarse Contratos Administrativos de Servicios (CAS), mediante la modalidad de confianza u otra modalidad que permita la contratación del personal, como se especifica en el siguiente cuadro:
Perfil Especialista Judicial de Juzgado Asistente Jurisdiccional Ret. Eco. N° Tiempo / Mensual ESSALUD Personas Meses S/. 2,972.00 2,572.00 109.65 109.65 160 160 2 2 Total

Octavo. Que, evaluado el proyecto "Plan de Descarga Procesal por Emergencia en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal 2018", formulado por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, este Órgano de Gobierno considera que la medida tendría mayor impacto, y sobre todo, inmediatez de atención al problema detectado, efectuándose en dos tramos: Primer tramo para las 28 Cortes Superiores de Justicia, por un periodo de dos meses que comprende del 1 de abril al 30 de mayo de 2018; y el segundo tramo para las Cortes Superiores de Justicia que hayan superado los objetivos y metas propuestos en la primera etapa, por un periodo adicional de dos meses que comprende del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2018; sujeto, esto último, a los saldos presupuestales. Noveno. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 101-2018 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan de Descarga Procesal por Emergencia en Órganos Jurisdiccionales Penales del Código Procesal Penal 2018", presentado por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, que busca descongestionar la carga procesal penal, detectada en los diversos Distritos Judiciales mediante la contratación, de manera excepcional de personal jurisdiccional y administrativo, por el periodo de dos meses, comprendido desde el 1 de abril hasta el 30 de mayo de 2018, en la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de confianza u otro modalidad que permita la contratación del personal. Artículo Segundo.- La contratación del personal, conforme a las condiciones antes mencionadas, será de acuerdo al siguiente detalle:
N° Distrito Judicial 1 LA LIBERTAD 2 PIURA 3 LAMBAYEQUE 4 ICA 5 AREQUIPA 6 CUSCO 7 SAN MARTÍN 8 CAJAMARCA 9 TACNA 10 HUAURA 11 TUMBES 12 SANTA 13 PUNO 14 ANCASH 15 AMAZONAS 16 HUÁNUCO 17 JUNÍN 18 LORETO 19 UCAYALI 20 SULLANA 21 PASCO Especialista Judicial de Juzgado 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 3 3 2 2 Asistente Jurisdiccional 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 8 2 2 3 3 Cantidad 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 5 5 5 5

S/. 986,128.00 S/. 858,128.00

TOTAL S/. 1,844,256.00

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