Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2018 (14/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 14 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Aprueban el valor de la compensación económica acordada en Acta de Trato Directo a cambio de la transferencia de inmueble
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018/MDA Ate, 31 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Memorándum Nº 030-2018-MDA/GIP de la Gerencia de Infraestructura Pública; el Informe Nº 029-2018-MDA/GPE-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Memorándum Nº 042-2018-MDA/GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica; el Informe Nº 114-2018-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 146-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general o de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Municipalidad Distrital de Ate tiene a su cargo la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) "Construcción de Pistas en la Vía NN -1 del Sector de Santa Clara; Tramo Avenida Santa Rosa Avenida Nicolás Ayllón, Zona de Desarrollo 05, Sub Zona 04, Distrito de Ate, Distrito de Ate ­ Lima" Código SNIP Nº 240858; cuya realización afectará un área de 854.90 m2., que es parte de un inmueble, sito en la Unidad Catastral Nº 10745, Manzana A Lote 01, Ex Fundo San Juan de Pariachi, Sector Santa Clara, Distrito de Ate, Provincia de Lima; Que, conforme figura inscrito en la Partida Nº 11068938 de Registros Públicos de la Propiedad Inmueble, los propietarios de dicho inmueble son los señores ALEJANDRO UGARTE CABRERA y su cónyuge REGINA GONZALES MAMANI; Que, de acuerdo al procedimiento establecido por el Decreto Legislativo Nº 1192 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1330 y demás normas complementarias, la Municipalidad de Ate suscribió con los referidos propietarios un Acta de Trato Directo de fecha 16 de enero de 2018; documento en el que ellos reconocen que el trazo vial de la futura obra se superpone con un área de 854.90 m2. de su predio, por lo que asumen el compromiso de transferir a la Municipalidad el área afectada a cambio de una compensación económica; Que, en el Acta de Trato Directo se dejó constancia que el precio acordado para la compensación económica ha sido fijado por ambas partes en el ejercicio de su libre voluntad, considerando tanto los intereses legítimos de cada una como el hecho de que la realización del mencionado Proyecto Vial constituye un beneficio para la población del Distrito de Ate; Que, mediante Proveído Nº 146-2018-MDA/GM la Gerencia Municipal indica que se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en

el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR; el valor de la compensación económica acordada en el Acta de Trato Directo suscrito el 16 de enero de 2018, entre la Municipalidad de Ate y los señores ALEJANDRO UGARTE CABRERA y su cónyuge REGINA GONZALES MAMANI; por el monto de S/. 2´137,250.00 (Dos millones ciento treinta y siete mil doscientos cincuenta con 00/100 soles), a cambio de la transferencia de un área de 854.90 m2; conforme se detalla en la referida Acta que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto; en mérito a los considerandos antes expuestos. Articulo 2º.- DISPONER; el pago de la compensación económica mencionada en el artículo precedente, a favor de los señores ALEJANDRO UGARTE CABRERA y su cónyuge REGINA GONZALES MAMANI, propietarios del inmueble, sito en la Unidad Catastral Nº 10745, Manzana A Lote 01, Ex Fundo San Juan de Pariachi, Sector Santa Clara, Distrito de Ate, Provincia de Lima. Artículo 3º.- El egreso que genere el referido pago de la compensación económica se afectará al Rubro 18 - Canon, Sobrecanon, Regalías y Renta de Aduanas, por S/. 2´137,250.00 (Dos millones ciento treinta y siete mil doscientos cincuenta con 00/100 soles) del Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2018. Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura Pública, Gerencia de Planificación Estratégica, Gerencia de Administración y Finanzas, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal, para los trámites administrativos del procedimiento de pago conforme a las normas legales vigentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1615928-2

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Ordenanza que crea el Consejo Distrital de Participación de la Juventud del distrito
ORDENANZA Nº 637-2017-MDEA EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre de 2017, el Informe Nº0174-2017-GEMUMDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº172-2017-GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº267-2017/GPLAN-MDEA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº307-GDHU-MDEA emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº836-2017-SGECDGDHU/MDEA emitido por la Sub Gerencia de Educación, Cultura y Deporte y, el Dictamen Nº002-2017-MDEA/ CDPJ emitido por la Comisión Especial de Regidores Jóvenes, referido a la Creación del Consejo Distrital de Participación de la Juventud del Distrito de El Agustino, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las

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