Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2018 (14/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 14 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

45

implantación de SIJ Nacional con funcionalidad de Código Procesal Penal en esta Corte Superior de Justicia. Quinto: Por estas consideraciones, en uso de las facultades conferidas por el artículo 90, incisos 3 y 9 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR, a partir de la fecha, la Comisión de Implementación del Sistema Integrado de Judicial Nacional con funcionalidad del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Ventanilla - III Tramo, el cual se detalla a continuación:
Magistrado Dra. Olga Lidia Inga Michue Funcionario Lic. Cesar Maurice Pacheco Amorin Abog. Miguel Ángel Medina Obregón Ing. Miguel Ángel Chuquihuaccha Arango Sr. Yuri Sánchez Acostupa Abog. Masiel Galindo Soto Cargo Presidenta de la CSJ Ventanilla Cargo Administrador Distrital de la CSJ Ventanilla Asesor Legal de la Presidencia de la CSJ Ventanilla Responsable del Área de Informática de la CSJ Ventanilla Responsable del Área de Estadística de la CSJ Ventanilla Administradora del Módulo Penal de la CSJ Ventanilla Condición Presidenta Condición Miembro Miembro Miembro

Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; al nuevo local ubicado en Jr. 24 de setiembre Nº 801-825 y Jr. Independencia Nº 391-397, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; así como para que se deje sin efecto la autorización de traslado otorgada mediante Resolución SBS Nº 27902017 del 17.07.2017; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de dicha oficina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la autorización de traslado de oficina especial, otorgada a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz, mediante Resolución SBS Nº 2790-2017 del 17.07.2017. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raiz el traslado de su oficina especial Ubicada en Av. San Martín Mz. N, Lote 9, Asentamiento Humano Bajo de Pichanaki, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; al nuevo local ubicado en Jr. 24 de setiembre Nº 801­825 y Jr. Independencia Nº 391-397, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1616209-1

Miembro Miembro

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda resolución que se oponga a la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Informática de la Gerencia General, Oficina Administración Distrital y a los designados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1616418-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
ORGANISMOS AUTONOMOS

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Junín y dejan sin efecto autorización otorgada mediante Res. SBS Nº 2790-2017
RESOLUCIÓN SBS Nº 456-2018 Lima, 7 de febrero de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz, para que se le autorice el traslado de su oficina especial ubicada en Av. San Martin Mz. N, Lote 9. Asentamiento Humano Bajo de Pichanaki, distrito de

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos de dominio privado, ubicados en el distrito de La Joya, provincia de Arequipa
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 428-2017-GRA/GGR VISTOS: El INFORME Nº 199-2017-GRA/OOT-LMTT-JADLT, el INFORME Nº 1172-2017-GRA/OOT y el INFORME TÉCNICO LEGAL Nº 078-2017-GRA-OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial correspondiente al trámite de Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado, denominado "R-03" de 2.5185 Ha., ubicado en el distrito de La Joya, Provincia y Departamento de Arequipa; y; CONSIDERANDO: Que, el inciso b) del artículo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala que es función de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.