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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2018 (14/02/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de febrero de 2018 El Peruano / implantación de SIJ Nacional con funcionalidad de Código Procesal Penal en esta Corte Superior de Justicia. Quinto: Por estas consideraciones, en uso de las facultades conferidas por el artículo 90, incisos 3 y 9 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONFORMAR, a partir de la fecha, la Comisión de Implementación del Sistema Integrado de Judicial Nacional con funcionalidad del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Ventanilla - III Tramo, el cual se detalla a continuación: Magistrado Cargo Condición Dra. Olga Lidia Inga MichuePresidenta de la CSJ Ventanilla Presidenta Funcionario Cargo Condición Lic. Cesar Maurice Pacheco AmorinAdministrador Distrital de la CSJ Ventanilla Miembro Abog. Miguel Ángel Medina ObregónAsesor Legal de la Presidencia de la CSJ VentanillaMiembro Ing. Miguel Ángel Chuquihuaccha ArangoResponsable del Área de Informática de la CSJ VentanillaMiembro Sr. Yuri Sánchez AcostupaResponsable del Área de Estadística de la CSJ VentanillaMiembro Abog. Masiel Galindo SotoAdministradora del Módulo Penal de la CSJ Ventanilla Miembro Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda resolución que se oponga a la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Informática de la Gerencia General, Ofi cina Administración Distrital y a los designados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1616418-1 ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Junín y dejan sin efecto autorización otorgada mediante Res. SBS Nº 2790-2017 RESOLUCIÓN SBS Nº 456-2018 Lima, 7 de febrero de 2018EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz, para que se le autorice el traslado de su ofi cina especial ubicada en Av. San Martin Mz. N, Lote 9. Asentamiento Humano Bajo de Pichanaki, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; al nuevo local ubicado en Jr. 24 de setiembre Nº 801-825 y Jr. Independencia Nº 391-397, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; así como para que se deje sin efecto la autorización de traslado otorgada mediante Resolución SBS Nº 2790-2017 del 17.07.2017; CONSIDERANDO:Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de dicha ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la autorización de traslado de o fi cina especial, otorgada a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz, mediante Resolución SBS Nº 2790-2017 del 17.07.2017. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raiz el traslado de su o fi cina especial Ubicada en Av. San Martín Mz. N, Lote 9, Asentamiento Humano Bajo de Pichanaki, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; al nuevo local ubicado en Jr. 24 de setiembre Nº 801–825 y Jr. Independencia Nº 391-397, distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas 1616209-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos de dominio privado, ubicados en el distrito de La Joya, provincia de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 428-2017-GRA/GGR VISTOS:El INFORME Nº 199-2017-GRA/OOT-LMTT-JADLT, el INFORME Nº 1172-2017-GRA/OOT y el INFORME TÉCNICO LEGAL Nº 078-2017-GRA-OOT, emitidos por la O fi cina de Ordenamiento Territorial correspondiente al trámite de Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado, denominado “R-03” de 2.5185 Ha., ubicado en el distrito de La Joya, Provincia y Departamento de Arequipa; y; CONSIDERANDO:Que, el inciso b) del artículo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación