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13 NORMAS LEGALES Martes 20 de febrero de 2018 El Peruano / Que, de otro lado, mediante el O fi cio Nº 047-2018-A-MPM, la Municipalidad Provincial de Maynas-Iquitos, del Departamento de Loreto, solicita recursos adicionales por SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 6 790 269,00), para garantizar la culminación de la Primera Etapa del proyecto de inversión “Mejoramiento, Ampliación del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Iquitos, y en el Proceso de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales, en los Distritos de Iquitos, Punchana y Belén, Provincia de Maynas - Loreto” (código uni fi cado 2280453); Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 6 790 269,00), a favor de la Municipalidad Provincial de Maynas-Iquitos, para fi nanciar la culminación de la Primera Etapa del proyecto de inversión “Mejoramiento, Ampliación del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Iquitos, y en el Proceso de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales, en los Distritos de Iquitos, Punchana y Belén, Provincia de Maynas - Loreto”; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1.- Autorización de incorporación de recursos vía Crédito Suplementario 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 220 581 843,00), a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, para fi nanciar la continuidad de ejecución de inversiones, en el marco de la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30693, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 220 581 843,00 --------------------- TOTAL INGRESOS 220 581 843,00 ============ GASTOS (En Soles) SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 220 581 843,00 --------------------- TOTAL GOBIERNOS LOCALES 220 581 843,00 --------------------- TOTAL GASTOS 220 581 843,00 ============1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos del crédito suplementario por pliegos, se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Autorización de Transferencia de Recursos Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 6 790 269,00), a favor del pliego 301422: Municipalidad Provincial de Maynas-Iquitos, Departamento de Loreto, para fi nanciar la culminación de la Primera Etapa del proyecto de inversión “Mejoramiento, Ampliación del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Iquitos, y en el Proceso de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales, en los Distritos de Iquitos, Punchana y Belén, Provincia de Maynas - Loreto”; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA (En Soles) SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralASIGNACIONES PRESUPUESTARIASQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 6 790 269,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 6 790 269,00 =========== A LA (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 301422 : Municipalidad Provincial de Maynas- Iquitos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0036 : Gestión Integral de Residuos SólidosPROYECTO 2280453 : Mejoramiento, Ampliación del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Iquitos, y en el Proceso de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales, en los Distritos de Iquitos, Punchana y Belén, Provincia de Maynas – Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 790 269,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 6 790 269,00 =========== Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el Crédito Suplementario y en la Transferencia de Partidas autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 y el artículo 2 del presente Decreto Supremo, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se re fi eren dichos artículos, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 Las O fi cinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 Las O fi cinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades