Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2018 (20/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 20 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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a) Difusión y sensibilización a los representantes de la OUA o PSS. b) Suscripción de la "Declaración Jurada para Formalización" por parte del representante de la OUA o PSS, según Formato Anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolución. c) Verificación de campo para corroborar el punto de captación, estructura de conducción, la demanda de agua requerida y el perímetro del bloque de riego cuando corresponda. d) Publicación en el local de la OUA o PSS beneficiaria, del informe preliminar otorgando diez (10) días para recibir observaciones de ser el caso. e) Informe de formalización f) Otorgamiento de la licencia de uso de agua 4.2 Las etapas señaladas en los literales a), b), c), d) y e), están a cargo de la Administración Local de Agua (ALA) bajo la supervisión de la Autoridad Administrativa del Agua (AAA), quien otorga la licencia de uso de agua a solo mérito del informe de formalización. Está prohibido observar dicho informe por causas que debieron advertirse durante la supervisión. 4.3 Tratándose de OUA, se otorga la licencia de uso de agua con fines agrarios en bloque. La OUA otorga certificados nominativos a sus integrantes, los que a sola presentación al ALA se inscriben en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua. 4.4 Tratándose de PSS, se otorga la licencia de uso de agua con fines poblacionales, la que es notificada a la Autoridad de Salud. El titular se compromete a inscribir la licencia en el "Registro de las fuentes de agua de consumo humano" a cargo de la Autoridad de Salud, utilizando el Formato Anexo 2. Artículo 5º.- Distribución del agua a cargo de las OUA 5.1 Las OUA planifican la distribución del agua considerando: a) El Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas aprobado por la ANA. b) Las demandas reales del cultivo establecidas en el Plan de Cultivo y Riego. 5.2 El ejercicio de los derechos de uso de agua con fines agrarios está condicionado a la asignación de agua establecida para el respectivo bloque de riego. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Otorgamiento de licencia de uso de agua individual para conductores de predios agrícolas Los conductores de predios agrícolas integrantes de un bloque de riego con asignación de agua aprobada por la ANA obtienen su licencia de uso de agua individual a mérito de la comunicación de la OUA en cuyo ámbito se encuentra el bloque de riego, señalando nombre del usuario, Documento de Identidad y el área que conduce dentro del bloque de riego. Segunda.- Reconocimiento de Comité de Usuarios. El Reconocimiento de los Comités de Usuarios se realiza de manera gratuita a sola presentación del Padrón de Usuarios que lo conforman y de la copia simple del acta de constitución en la que conste el estatuto y elección del Consejo Directivo. Tercera.- Permiso de uso de agua residual en bloque Las OUA podrán solicitar en bloque el permiso de uso de agua residual, establecido en el artículo 59º de la Ley Nº29338, Ley de Recursos Hídricos, siguiendo las disposiciones de esta Resolución Jefatural en lo que resulte aplicable. Cuarta.- Uso de agua en Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas Las Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas que así lo requieran podrán acogerse a la Formalización

del Uso del Agua siguiendo las disposiciones de esta Resolución Jefatural en lo que resulte aplicable. Quinta.- Certificación ambiental de actividades en curso y demás títulos habilitantes La obtención de la licencia de uso de agua no exonera a los administrados de tramitar la certificación ambiental para actividades en curso, cuando corresponda, y obtener los demás títulos habilitantes requeridos por otras entidades para el ejercicio de la actividad a la cual destinan el uso del agua. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. - Deróguese la Resolución Jefatural Nº4842012-ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese, ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1618195-1

Designan Director de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 036-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 19 de Febrero del 2018 VISTO: El Informe N° 0095-2018-MINAGRI-SERFORSG-OGA/ORH de fecha 15 de febrero de 2018, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 107-2014-SERFOR-DE de fecha 19 de diciembre de 2014, se designó a la señora Sara Ruth Yalle Paredes en el cargo de Directora de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, cargo considerado de confianza; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 293-2016-SERFOR/DE de fecha 27 de diciembre de 2016, se designó al señor Alonso Héctor RizoPatrón Mailhe en el cargo de Director de la Dirección de Promoción y Competitividad de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, cargo considerado de confianza; Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración comunica que la Alta Dirección ha visto por conveniente dar por concluida la designación de la señora Sara Ruth Yalle Paredes y del señor Alonso Héctor Rizo-Patrón Mailhe; asimismo, opina favorablemente sobre la designación del señor Alonso Héctor Rizo-Patrón

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