Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2018 (20/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 20 de febrero de 2018 /

El Peruano

pistas y veredas de recuperación post desastre" aplicable en los tres niveles de gobierno, su correspondiente Instructivo, las líneas de corte y los costos per cápita referenciales, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y la difusión de la misma y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1618198-1

de Abancay Sociedad Anónima conocimiento y fines pertinentes.

Cerrada,

para

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1618183-1

Determinan como entidades beneficiarias de la transferencia de bienes y activos de 9 proyectos, por parte de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", a las Municipalidades Distritales de Usquil y Quiruvilca y las Municipalidades Provinciales de Otuzco y Sánchez Carrión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2018-VIVIENDA Lima, 19 de febrero de 2018 VISTOS: Las Cartas Nº 1340-2015-ACFSACH, Nº 1537-2016-ACFSACH, Nº 1589-2016-ACFSACH, Nº 1598-2016-ACFSACH y Nº 703-2017-ACFSACH presentadas por la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama"; el Memorando Nº 40-2017-VIVIENDAVMCS/DGPPCS y el Informe Nº 32-2018-VIVIENDAVMCS/DGPPCS, sustentado en los Informes Nº 202-2017-VIVIENDA/VMCS/DGPPCS/DEPPCS, Nº 03-2018-VIVIENDA/VMCS/DGPPCS/DEPPCS y Nº 22-2018-VIVIENDA/VMCS/DGPPCS /DEPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 996, se aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la ejecución de programas sociales; Que, de acuerdo al numeral 4.1 del artículo 4 de dicho Decreto Legislativo, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la fuente de financiamiento, Donaciones y Transferencias y los transfiere a una persona jurídica que se constituye como Fondo Social; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo en mención establece que, una vez concluida la ejecución de los proyectos de carácter social, el Fondo Social procederá a su transferencia en favor de entidades beneficiarias públicas y privadas sin fines de lucro, las cuales serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que el Fondo Social haya identificado que corresponde dicha transferencia; Que, cabe indicar que el Gerente de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", a través de las Cartas Nº 1340-2015-ACFSACH, Nº 1537-2016-ACFSACH, Nº 1589-2016-ACFSACH, Nº 1598-2016-ACFSACH y Nº 703-2017-ACFSACH, solicita la emisión de la Resolución Ministerial que señale como beneficiarias de la transferencia de los proyectos a las municipalidades de Usquil, Quiruvilca, Otuzco y Sánchez Carrión; Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 5 de junio del año 2009 se suscribe el Convenio de transferencia de recursos y otros entre la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas en los procesos de promoción de la inversión privada y el Estado Peruano, debidamente representado por PROINVERSIÓN; Que, mediante los Informes Nº 03-2018-VIVIENDA/ VMCS/DGPPCS/DEPPCS y Nº 22-2018-VIVIENDA/ VMCS/DGPPCS/DEPPCS, la Dirección de Ejecución de

Aceptan renuncia de representante del Ministerio ante el Directorio de la EMUSAP ABANCAY S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2018-VIVIENDA Lima, 19 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 319-2014-VIVIENDA, se designa, entre otros, al señor Wilmer Flórez García, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay Sociedad Anónima Cerrada - EMUSAP ABANCAY S.A.C.; Que, el señor Wilmer Flórez García ha presentado su renuncia a su condición de representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la EMUSAP ABANCAY S.A.C., de conformidad a lo establecido en el artículo 65 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que establece que el cargo de director vaca, entre otros, por renuncia, la misma que se formaliza a través de comunicación escrita dirigida al Directorio, no siendo necesaria una declaración expresa en dicho sentido del citado Directorio; Que, en consecuencia, resulta necesario aceptar la renuncia formulada, emitiendo para tal efecto, el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Wilmer Flórez García como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay Sociedad Anónima Cerrada - EMUSAP ABANCAY S.A.C., dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado

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